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Abogacía reclama que la Ley del Derecho de Defensa regule el amparo y sancione el intrusismo

El CGAE ha enviado al Ministerio de Justicia sus alegaciones a esta norma

El CGAE apostó por la creación de un Código de Conducta de Publicidad en la Abogacía tras la reforma del Estatuto General de la Abogacía Española (Foto: CGAE)

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Abogacía reclama que la Ley del Derecho de Defensa regule el amparo y sancione el intrusismo

El CGAE ha enviado al Ministerio de Justicia sus alegaciones a esta norma

El CGAE apostó por la creación de un Código de Conducta de Publicidad en la Abogacía tras la reforma del Estatuto General de la Abogacía Española (Foto: CGAE)



El Consejo General de la Abogacía (CGAE) ha enviado al Ministerio de Justicia 21 propuestas para que sean incluidas en la Ley del Derecho de Defensa. En el escrito remitido al departamento que dirige Pilar Llop el CGAE reclama que la norma sea más precisa en la regulación del amparo colegial y que incluya medidas para luchar contra el intrusismo. También solicita la incorporación expresa del abogado de empresa en el ámbito del secreto profesional y una reforma del Código Penal para que las agresiones a los letrados en el ejercicio de sus funciones se sancionen con penas de prisión.

Por lo que se refiere al amparo colegial, las instituciones de la abogacía entienden que el anteproyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros adolece de inconcreción. Según explican en un comunicado, el texto legal recoge únicamente en el artículo 20 que “los colegios profesionales de la abogacía operarán como garantía institucional… al asegurar… el correcto amparo de los profesionales en cumplimiento de su misión”.



Al Consejo General, presidido por Victoria Ortega, le ha parecido que esta regulación es insuficiente y por eso propone ampliarla con apartados muy explícitos como el que recoge que “la institución colegial… amparará al profesional de la abogacía cuando sea perturbado en el ejercicio de su función”. Además, se pretende que la ley afiance la independencia de los profesionales de la abogacía, que los colegios regulen el procedimiento de amparo y que otorgar el amparo implique el ejercicio de “todas aquellas actuaciones que conduzcan a la desaparición de las causas de perturbación…”.

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