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Legislación

Cambios en el IVA comunitario

La transposición de la Directiva ViDA pretende modernizar el sistema y adaptarlo a una economía cada vez más ágil

(Imagen: E&J)

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Cambios en el IVA comunitario

La transposición de la Directiva ViDA pretende modernizar el sistema y adaptarlo a una economía cada vez más ágil

(Imagen: E&J)

El Proyecto de Ley de modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido (IVA), por la que se traspone parcialmente la Directiva (UE) 2025/16 que modifica la Directiva 2006/112/CE en el tema de normas del IVA en la era digital (Directiva ViDA-VAT in the Digital Age), ha sido aprobado en segunda vuelta por el Consejo de Ministros del Gobierno de España.

La transposición de la Directiva ViDA tiene por objeto modernizar el sistema de IVA comunitario y adaptarlo a una economía cada vez más ágil. Este proyecto de Ley, que ya ha superado la audiencia e información pública y el dictamen del Consejo de Estado, ahora se someterá al trámite parlamentario en el Congreso de los Diputados.

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La Directiva ViDA aborda tres ámbitos principales: la lucha contra el fraude intracomunitario, la reducción de las cargas administrativas y de registro y el refuerzo del papel de las plataformas digitales en la recaudación y gestión del impuesto.

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Las principales novedades pretenden mejorar la aplicación de los tres regímenes especiales de ventanilla única del IVA. En este sentido se contempla la ampliación del régimen exterior de la Unión para incluir los servicios prestados a consumidores no establecidos en la Unión Europea; se implementan ajustes técnicos destinados a perfeccionar el funcionamiento de los regímenes especiales; y se establece la obligación de designar un representante para los empresarios o profesionales no establecidos en la Unión que soliciten la devolución del IVA soportado en operaciones declaradas a través de los regímenes especiales de ventanilla única.

La transposición de la Directiva ViDA se ejecutará de la siguiente forma: las medidas más importantes entrarán en vigor el 1 de julio de 2028 y el 1 de julio de 2030. Por otro lado, varias modificaciones de tipo técnico serán exigibles desde el 1 de enero de 2027. Estas últimas medidas son las que se definen en el mencionado Proyecto de Ley.

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