Competencia con Cataluña modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo
Competencia con Cataluña modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo
Conflicto positivo de competencia nº 574-2016, contra los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 19, 20, 21 y 22, las disposiciones adicionales primera, segunda y novena y la disposición final sexta del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de marzo actual, ha
acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia núm. 574-2016, promovido
por el Gobierno de Cataluña contra los arts. 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 19, 20, 21 y 22, las
disposiciones adicionales primera, segunda y novena y la disposición final sexta del Real
Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas,
técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con
autoconsumo y de producción con autoconsumo
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