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Legislación

Se modifica la expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas de Educación

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Se modifica la expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas de Educación



Real Decreto 197/2015, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

 



El Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ha establecido las normas reguladoras de las condiciones en las que habrá de llevarse a cabo por las Administraciones educativas competentes la expedición de los títulos correspondientes a las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. La ordenación de las enseñanzas artísticas superiores establecida mediante la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, estructura las enseñanzas artísticas superiores en dos niveles: enseñanzas conducentes al Título Superior de Enseñanzas Artísticas y enseñanzas de postgrado. Estos títulos serán homologados por el Estado y expedidos por las Administraciones educativas en las condiciones previstas en el artículo 6 bis.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. La implantación de las enseñanzas conducentes a los respectivos títulos superiores de Enseñanzas Artísticas se ha realizado de conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 23 del Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo regulado en dicha ley orgánica. Los centros de enseñanzas artísticas superiores iniciaron en el curso 2010/2011 la implantación progresiva de las enseñanzas artísticas superiores, por lo que incorporadas sus nuevas ofertas formativas, corresponde ahora establecer los requisitos básicos sobre el formato, texto y el procedimiento para la expedición de los títulos a cuya obtención conduce la superación de las enseñanzas artísticas superiores. La presente norma incluye los formatos de los Títulos Superiores de Enseñanzas Artísticas y de los títulos de Máster en Enseñanzas Artísticas, correspondientes a las enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la presente norma se determinan los contenidos integradores del modelo de Suplemento Europeo al Título de las enseñanzas artísticas superiores, como documento que acompaña a cada uno de los títulos de educación superior de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional. En el proceso de elaboración del presente real decreto han sido consultadas las comunidades autónomas en el seno de la Conferencia de Educación y el Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, y se ha solicitado informe a la Agencia Española de Protección de Datos.



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