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Se publica el V Convenio colectivo estatal para las empresas de mediación inmobiliaria

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Se publica el V Convenio colectivo estatal para las empresas de mediación inmobiliaria



Resolución de 28 de abril de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo estatal para las empresas de gestión y mediación inmobiliaria. (BOE núm. 116, de 13 de mayo de 2014)

 



El presente convenio colectivo es fruto de la necesidad de regulación homogénea y autónoma de un sector, el de la intermediación inmobiliaria.

 



La actividad en el sector de la mediación inmobiliaria, definida en el artículo primero del presente convenio, puede ser desarrollada mediante diversos modos de actuación que van desde los trabajadores por cuenta ajena dependientes de una persona física o jurídica hasta los profesionales autónomos que desempeñan su actividad por cuenta propia en un régimen de colaboración con empresas que les proporcionan clientes así como todo tipo de servicios o prestaciones, incluso licencias de uso de una marca.



 

Por otra parte deben entenderse excluidos de este convenio todos aquellos intermediarios independientes, comisionistas mercantiles, agentes definidos en la Ley 12/1992 y en general aquellos comerciales con alta en el Impuesto de Actividades Económicas y comprendidos en el Régimen Especial que actúan como trabajadores dependientes contemplados en el Real Decreto 1438/1985, de 1 de agosto.

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