No constituye deslealtad profesional presentar fuera de plazo el escrito de contestación a la demanda
El letrado alteró la sentencia para que sus clientes creyeran que había entregado el escrito de contestación a tiempo
(Imagen: E&J)
No constituye deslealtad profesional presentar fuera de plazo el escrito de contestación a la demanda
El letrado alteró la sentencia para que sus clientes creyeran que había entregado el escrito de contestación a tiempo
(Imagen: E&J)
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha absuelto a un abogado previamente condenado por deslealtad profesional al entender que, aunque omitió a sus clientes que el escrito de contestación a la demanda lo había presentado fuera de plazo, dicha omisión no cumplía con los requisitos necesarios para configurar el delito de deslealtad profesional. En particular, la conducta del abogado no alcanzó el desvalor que exige dicho delito, ni en términos de relevancia ni en cuanto al perjuicio efectivo causado a los denunciantes.
En este sentido, el magistrado encargado de resolver el caso concluyó que, aunque el letrado presentó la contestación fuera del plazo establecido, esta falta no cumplía con el umbral necesario para ser considerada deslealtad profesional en el contexto penal. La relevancia y el impacto del perjuicio causado no eran suficientemente graves como para justificar una condena por este delito específico.
Según consta en la sentencia (cuyo contenido puede consultarse clicando en ‘descargar resolución’), el letrado fue contratado en 2013 para ofrecer servicios de asesoría contable, fiscal, laboral y mercantil a una sociedad, constituida en 2011 por dos socios fundadores, uno de ellos como administrador único.
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