Pedraz no imputa al PSOE por ahora: antes quiere resolver estas incógnitas
El magistrado quiere aclarar quién ordenó los pagos investigados, cómo se autorizaron y qué controles internos existían antes de decidir
(Imagen: E&J)
Pedraz no imputa al PSOE por ahora: antes quiere resolver estas incógnitas
El magistrado quiere aclarar quién ordenó los pagos investigados, cómo se autorizaron y qué controles internos existían antes de decidir
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El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha rechazado atribuir al PSOE la condición de persona jurídica investigada «en este momento». Considera que faltan diligencias por practicar en la causa en la que investiga una supuesta organización dirigida a desestabilizar las causas judiciales que afectan al partido y al Gobierno. Así lo recoge un comunicado del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) difundido el viernes 9 de octubre.
No es un portazo definitivo. Pedraz aplaza la decisión hasta que se completen las diligencias pendientes y deja abierta la puerta a imputar al partido más adelante.
Un «principio de prueba»
El auto se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas y en los requisitos que esta exige para atribuir esa condición. Entre ellos está lo que se viene denominando «principio de prueba».
Según el instructor, «aunque los hechos pudieran presentar, en abstracto, apariencia delictiva por parte del PSOE, no se incorpora aún un elemento o principio de prueba que avale razonablemente su realidad».
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En lenguaje llano: que los hechos puedan parecer delictivos en abstracto no basta para imputar al partido. Hace falta un primer elemento que sostenga razonablemente que esa apariencia es real.
Las diligencias que quedan por hacer
Pedraz considera necesario practicar antes varias diligencias, algunas ya acordadas. La primera es el análisis de la documentación incautada en la sede del partido y en el domicilio del exsecretario de Organización, Santos Cerdán. La segunda es la declaración de este último, que se tomará una vez realizadas todas esas diligencias, junto con otras que el juez deberá señalar.
El instructor también quiere concretar los pagos efectuados a la investigada Leire Díez y a otras personas. Debe aclarar su finalidad y si fueron ordenados y abonados por el secretario de organización del PSOE desde cuentas de titularidad del partido. Ese dato permitiría establecer una conexión objetiva entre la actuación de aquel y la estructura patrimonial de la organización.

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Las preguntas sobre pagos y control interno
La parte más relevante para el lector especializado es la relación de cuestiones que el magistrado quiere resolver, entre otras. Pedraz indica que habrá que determinar quién ordenó materialmente los pagos y quién estaba autorizado para disponer de las cuentas. También pide aclarar cómo se contabilizaron y qué concepto se hizo constar en la transferencia o en la contabilidad.
Añade otras averiguaciones: si existían facturas, contratos u otros documentos que dieran cobertura aparente al pago, y quién autorizó o validó internamente el gasto. Pregunta si intervino el departamento financiero o contable y si había límites o doble firma para determinadas disposiciones.
La indagación se extiende a los órganos de administración. El juez quiere saber si conocieron los pagos, si existieron alertas internas y, en su caso, cómo fueron tratadas. Y, de forma más general, si el sistema de control permitía pagos de esta naturaleza sin comprobación alguna.
Las cuestiones apuntan al terreno del compliance penal: cómo se autorizan, registran y controlan los pagos dentro de una organización.

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Qué pide la acusación popular y qué viene ahora
Una vez completadas las diligencias, aclara el magistrado, será el momento de decidir sobre la posible condición de investigado del PSOE. La acusación popular unificada había solicitado esa imputación por delitos de cohecho, tráfico de influencias, blanqueo de capitales y financiación ilegal de partidos políticos, en relación con la malversación de caudales públicos.
El comunicado no precisa plazos ni indica si cabe recurso contra la resolución.
Presunción de inocencia
Conviene recordar que el PSOE no figura como investigado y que los hechos se refieren a una organización «supuesta», según la descripción del comunicado. La decisión de Pedraz no prejuzga la responsabilidad penal del partido. Pospone la decisión sobre su imputación hasta que se completen las diligencias pendientes.

