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Perdonan una deuda de 192.000 euros a un empresario que avaló préstamos para salvar su negocio tras el impago de clientes

La Audiencia de Lérida rechaza el recurso de apelación de la Tesorería General

Juzgados de Lleida. (Imagen: Bergadà Asociados)

Tiempo de lectura: 2 min

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Perdonan una deuda de 192.000 euros a un empresario que avaló préstamos para salvar su negocio tras el impago de clientes

La Audiencia de Lérida rechaza el recurso de apelación de la Tesorería General

Juzgados de Lleida. (Imagen: Bergadà Asociados)



La Audiencia Provincial de Lérida ha perdonado una deuda de 192.087 euros a un empresario que estuvo inmerso en una situación de insolvencia tras el cierre de su empresa hace más de cuatro años, al haber avalado personalmente los préstamos que había solicitado para intentar salvarla.

La Sala ha rechazado el recurso de apelación interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia (mercantil) número 6 de Lérida que eximía al empresario del pasivo insatisfecho, gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. El caso lo ha llevado el despacho Bergadà Asociados.



El protagonista del caso tuvo una consultoría de empresas exitosa que enfrentó dificultades antes de la pandemia del Covid-19, con la disminución de clientes y el impago de algunos servicios contratados. «Entonces, empecé a solicitar préstamos bancarios para hacer frente a las pérdidas, algunos de los cuales fueron avalados personalmente», expone. La deuda generada ascendió a 192.087 euros, incluyendo la deuda pública con la TGSS, «cuya cantidad se llegó casi a triplicar por los recargos».

Tras el concurso de acreedores y la liquidación rápida de la empresa, las deudas avaladas personalmente quedaron pendientes. Esta situación económica le afectó tanto a nivel laboral como personal, generando dificultades en su entorno familiar.



«Siempre intenté pagar lo que debía de los préstamos, pero llegó un momento en el que no pude porque estaba con el agua al cuello. Además, nivel personal me encontré en una situación delicada, ya que había perdido mi trabajo y los problemas económicos también afectaron a nivel familiar y personal», relata.



En 2018, puso el caso en manos de la Justicia a través de la firma Bergadà Asociados, especializada en Derecho Concursal y la Ley de la Segunda Oportunidad. Ha estado asistido por la abogada Marta Bergadà. Tras un proceso prolongado de cuatro años, se logró la exoneración del pasivo insatisfecho. Sin embargo, este caso se basó en la normativa anterior a septiembre de 2022, ya que con la nueva ley no se admiten planes de pagos para deudas públicas.

El juzgado de Primera Instancia de Lérida emitió un fallo a favor del deudor, desestimando las objeciones de la TGSS, que posteriormente presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. «A nivel psicológico toda esta situación me pasó factura«, indica este empresario.

La Audiencia ha desestimado el recurso de la TGSS, confirmando la exoneración del pasivo insatisfecho con un plan de pagos de 10 euros mensuales durante cinco años. Decisión que ha sido ratificada por el Juzgado de Primera Instancia.

«Ha sido un periodo de sufrimiento tan largo que cuando Marta Bergadà me llamó para comunicarme que se me habían perdonado las deudas, en un primer momento no lo acabé de asimilar. Fue al cabo de un par de días cuando fui consciente de la gran noticia, de que por fin había conseguido que se me exonerara el pasivo insatisfecho con la Ley de la Segunda Oportunidad», declara. Esto le permitirá mirar hacia el futuro sin la carga de las deudas.

«El Juzgado y la Audiencia han dictaminado que era un deudor de buena fe y que, por lo tanto, se le tenían que exonerar las deudas que había acumulado al avalar personalmente los préstamos de su empresa», señala su abogada, y subraya que gracias la Ley de la Segunda Oportunidad los empresarios que en algún momento de su vida han sufrido una situación de insolvencia pueden salir adelante y seguir generando riqueza para este país.

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