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Se aprueba el R-Decreto de establecimientos financieros de Crédito

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Se aprueba el R-Decreto de establecimientos financieros de Crédito



Esta norma desarrolla el régimen jurídico de los establecimientos financieros de crédito. El Gobierno aprueba la Ley con el objetico de favorecer la competencia en la concesión de los préstamos, manteniendo a su vez la solvencia de dichas entidades.

Con la aprobación de este Real Decreto se desarrolla un régimen jurídico propio para dichas entidades, realizando un complejo normativo adaptado a su modelo de negocio.



En palabras del ejecutivo, esta medida “favorecerá el crecimiento ordenado del crédito y redundará en una mayor protección de los consumidores”. Estamos, por lo tanto, ante una medida de carácter proteccionista.

¿Qué son los establecimientos financieros de crédito?

Los EFC’s son entidades que se dedican a ofrecer crédito en diversos ámbitos: crédito al consumo, crédito hipotecario, tarjetas, avales, leasing (arrendamiento con opción de compra), factoring (cesión de cartera de créditos), etc.



Estos establecimientos venían regulados en la Ley 5/2015, de 27 de abril, de Fomento de la Financiación Empresarial, pero se trata de una normativa genérica que no se adapta a las especificaciones de su actividad comercial.



Ahora, con la aprobación de este Real Decreto, se tienen en cuenta peculiaridades como:

  • La actividad específica que desarrollan estas entidades de crédito, tales como la gestión o emisión de tarjetas de crédito y concesión de avales y garantías.
  • Imposibilidad de captar depósitos del público, lo que hace que no sea necesaria su adhesión a un Fondo de Garantía de Depósitos.

La actividad de estas entidades está, a su vez, sujeta al régimen jurídico del Banco de España, que es similar a la de los bancos.

En resumen, la aprobación de este Real Decreto trata de actualizar las necesidades del sector financiero, en concreto de estos EFC’s, que constituyen una pieza fundamental en lo respectivo a la financiación del comercio minorista.

 

 

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