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Claves de la nueva ley reguladora del teletrabajo

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Claves de la nueva ley reguladora del teletrabajo



 

Introducción

Como consecuencia de la gran crisis que sumerge al país de España, el Gobierno se ha visto en la inminente necesidad de establecer de carácter urgente una nueva ley donde regule los vacíos legales existentes, en cuanto a materia de teletrabajo se refiere.



Nos encontramos ante la inminente necesidad de regular el teletrabajo con el objetivo de dar una mayor protección al trabajador, evitando así, el desplazamiento a su puesto de trabajo y los riesgos de mantener relaciones sociales con sus compañeros, con el fin de contener la propagación de la Covid 19.

En la actualidad, esta modalidad de trabajo ha sido asumida por la gran mayoría de empresas, conllevando así, que los trabajadores tengan que adaptar sus hogares y sus medios electrónicos, como si de un despacho profesional se tratara.



I.- MARCO JURÍDICO

El teletrabajo se encuentra regulado en el actual artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, donde nos indica que “Tendrá la consideración de trabajo a distancia aquel en que la prestación de la actividad laboral se realice de manera preponderante en el domicilio del trabajador o en el lugar libremente elegido por este, de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa”.



Esta definición en la actualidad se ha quedado obsoleta, ya que si observamos diferentes estadísticas, podemos ver que el 30,2% de los empleados utiliza esta modalidad de trabajo[1].

Debido a la obsoleta regulación y a la gran cantidad de trabajadores que se han visto en la necesidad de utilizar esta modalidad, el gobierno con carácter de urgente ha regulado el teletrabajo en el Real Decreto-ley de 28/2020, de 22 de septiembre.

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