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Cuando el problema es el hostigamiento a los jueces

El presidente de la Audiencia Nacional afirma que la corrupción carcome el sistema democrático, pero también lo carcome el hostigamiento a quienes la investigan

Fotografía para la posteridad del Rey Felipe VI con la presidenta del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo y los presidentes de Sala del Supremo. (Imagen: Casa Real)

Diego Fierro Rodríguez

Letrado de la Administración de Justicia




Tiempo de lectura: 7 min

Publicado




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Cuando el problema es el hostigamiento a los jueces

El presidente de la Audiencia Nacional afirma que la corrupción carcome el sistema democrático, pero también lo carcome el hostigamiento a quienes la investigan

Fotografía para la posteridad del Rey Felipe VI con la presidenta del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo y los presidentes de Sala del Supremo. (Imagen: Casa Real)

Una advertencia que no surge de la nada

El presidente de la Audiencia Nacional, Juan Manuel Fernández, tomó la palabra hace unos días en el Foro La Región y dijo algo que, por su obviedad, no debería haber necesitado ser dicho. Dijo que ni en la Audiencia Nacional ni en ningún órgano de justicia de España se hace política. Dijo que la corrupción carcome el sistema democrático. Y dijo, sobre todo, que no cabe minimizar su importancia, ni banalizar las conductas que la constituyen, ni —esto es lo relevante— hostigar a quienes las investigan o las juzgan. La elección del verbo no fue casual. Hostigar es algo más que criticar, más que discrepar, más que recurrir. Hostigar es someter a alguien a una presión constante, reiterada, que busca desgastar su resistencia y condicionar su conducta. Y eso, aplicado a los jueces, es sencillamente incompatible con el Estado de Derecho.

Las palabras de Fernández se producen en el momento más delicado que la Audiencia Nacional ha atravesado en años. Sobre la mesa de uno de sus magistrados, José Luis Calama, pesa la investigación del caso Plus Ultra, que ha conducido a la imputación del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero. La causa ha desatado una tormenta política en la que se han mezclado acusaciones de lawfare, descalificaciones personales al instructor y una presión ambiental que el presidente de la Audiencia Nacional ha querido atajar con un mensaje nítido: la crítica es legítima, la difamación no lo es, y la obligación de los responsables políticos es la lealtad institucional. No es un brindis al sol. Es una llamada de atención que, por venir de quien viene y en el momento en que viene, merece ser analizada con la seriedad que el asunto reclama.

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La diferencia entre criticar y hostigar: una cuestión de poder

Fernández fue especialmente preciso al distinguir entre la crítica que formula un ciudadano particular y la que emite un responsable público. No es lo mismo, dijo, que un particular critique una decisión judicial a que lo haga el presidente del Gobierno, el presidente de una comunidad autónoma o un alcalde. La diferencia no es de grado, sino de naturaleza. Quien ostenta el poder institucional tiene a su alcance resortes que el ciudadano común no posee: puede influir en la opinión pública con sus declaraciones, puede condicionar la carrera profesional de los jueces a través de los nombramientos, puede erosionar la confianza de la ciudadanía en la independencia judicial con un discurso reiterado de deslegitimación. Y cuando utiliza esos resortes no para discrepar de una resolución concreta, sino para desacreditar al juez que la dicta, la crítica se convierte en otra cosa.

La obligación de lealtad institucional que Fernández invocó no es un concepto vaporoso, sino un principio jurídico que el Tribunal Constitucional ha reconocido como inherente al sistema de separación de poderes. Implica que los poderes públicos deben respetar el ámbito de actuación de los demás, abstenerse de interferir en sus decisiones y colaborar para que el sistema funcione. Cuando un responsable político califica una investigación judicial de persecución política, está quebrando esa lealtad. Está transmitiendo a los ciudadanos que el juez no actúa conforme a derecho, sino movido por espurios intereses. Y está, sobre todo, enviando un mensaje al propio juez: tu actuación no es legítima, tu independencia es una ficción y tu decisión será contestada no en los tribunales, sino en el ágora mediática.

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Conviene recordar que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha declarado en repetidas ocasiones que los jueces deben estar protegidos frente a ataques que puedan minar la confianza del público en la justicia. No se trata de blindarlos frente a la crítica —la crítica es consustancial a la democracia—, sino de impedir que la crítica degenere en una presión que condicione su imparcialidad. Y esa degeneración se produce, precisamente, cuando quien critica es el poder y lo hace con la intención de deslegitimar.

El magistrado Juan Manuel Fernández (Imagen: CGPE)

Independencia no es impunidad, pero tampoco es sumisión

El presidente de la Audiencia Nacional fue también preciso en algo que conviene no malinterpretar. La independencia judicial no es un privilegio corporativo, ni una medalla que se recibe al aprobar la oposición y que autoriza a hacer lo que venga en gana. Es, dijo, la divisa esencial del juez: la condición que permite decidir sin atender a ningún tipo de interés, opresión política, económica o social. Es una definición que recuerda a la mejor doctrina del Tribunal Constitucional, que ha vinculado la independencia judicial no a un derecho de los jueces, sino a un derecho de los ciudadanos. Los jueces son independientes para que los ciudadanos puedan confiar en que sus decisiones se adoptan conforme a derecho y no conforme a consignas.

Pero la independencia no es impunidad. Los jueces pueden ser criticados, sus resoluciones pueden ser recurridas, y los ciudadanos tienen derecho a discrepar de ellas. Lo que no pueden es ser difamados. «Injuriar o calumniar no es libertad de expresión, es un delito», recordó Fernández. La línea entre la crítica y la injuria es, a veces, difusa, pero existe. Criticar un auto es decir que su fundamentación es endeble, que sus indicios son inconsistentes o que su conclusión es errónea. Injuriar a un juez es decir que actúa por motivos políticos, que obedece a intereses ocultos o que ha prevaricado sin prueba alguna. Lo primero es ejercicio legítimo de la libertad de expresión. Lo segundo es un ataque a la independencia judicial que el Estado de Derecho no puede tolerar.

Sobre el juez Calama, Fernández fue taxativo: «Un magnífico juez». La afirmación no es una defensa corporativa, sino un acto de responsabilidad institucional. Quien preside la Audiencia Nacional sabe que sus palabras serán escrutadas, y ha decidido respaldar públicamente a un magistrado de su órgano que está siendo sometido a una presión inusitada. No ha entrado en el fondo del caso —no le corresponde—, pero ha dejado claro que la honorabilidad del instructor no está en cuestión. Y eso, en tiempos de hostigamiento, es una forma de proteger la independencia judicial desde dentro del propio sistema.

La paradoja del ‘lawfare’: cuando la víctima se convierte en victimario

El debate sobre el hostigamiento a los jueces ha adquirido una dimensión paradójica en los últimos años. Quienes más han denunciado la existencia de un supuesto lawfare —una persecución judicial con fines políticos— son, precisamente, quienes ahora están siendo investigados o señalados por presuntas conductas delictivas. La acusación de lawfare, que nació como una denuncia de la instrumentalización política de la justicia, ha terminado convirtiéndose en un instrumento de presión sobre los jueces. Se acusa a los jueces de hacer política para, desde la política, condicionar a los jueces. La paradoja es perfecta y preocupante.

El caso Plus Ultra es un ejemplo de cómo opera este mecanismo. Cuando el juez Calama dictó el auto de imputación contra Zapatero, la respuesta no fue un análisis de los indicios, ni una impugnación de la competencia, ni una crítica de la fundamentación jurídica. Fue una acusación de persecución política, una descalificación global de la instrucción y un señalamiento del juez como enemigo del partido. Esa reacción, lejos de contribuir al debate público sobre la solidez de los indicios, desplaza la atención hacia la persona del instructor y genera un clima en el que la presión sustituye a la argumentación.

Fernández no citó ningún caso concreto, pero su mensaje era transparente. Cuando se hostiga a los jueces, no se les protege del error —que pueden cometer y que los tribunales superiores están llamados a corregir—, sino que se les intimida. Y un juez intimidado no es un juez independiente. Es un juez que mira de reojo antes de firmar, que calcula el coste mediático de sus decisiones y que, en el peor de los casos, acaba por evitar los casos incómodos para no convertirse en el blanco de la siguiente campaña.

(Imagen: CGPJ)

La lealtad institucional como deber y como garantía

La lealtad institucional que Fernández reclamó no es una exigencia de sumisión, sino de respeto. Los poderes públicos pueden y deben fiscalizarse mutuamente —es la esencia del sistema de frenos y contrapesos—, pero deben hacerlo a través de los cauces que el ordenamiento prevé, no mediante campañas de desprestigio. El Parlamento puede controlar al Gobierno, los tribunales pueden anular sus actos, y el Tribunal Constitucional puede revisar las leyes. Pero lo que no puede hacer un poder es utilizar su posición de dominio para erosionar la legitimidad de otro. Porque cuando eso ocurre, el sistema deja de funcionar como un mecanismo de equilibrio y empieza a funcionar como un campo de batalla.

El caso Zapatero, con toda su carga política, es una prueba de estrés para ese equilibrio. La Audiencia Nacional ha imputado a un expresidente del Gobierno. El instructor ha bloqueado sus cuentas bancarias. La investigación avanza con una intensidad que no tiene precedentes en la historia democrática española. En ese contexto, la obligación de los poderes públicos es doble: respetar la presunción de inocencia del investigado y respetar la independencia del juez que investiga. Cualquier desequilibrio en uno de esos dos platillos de la balanza compromete la legitimidad del conjunto.

Fernández lo expresó con claridad: Zapatero gozará de todas las garantías constitucionales y procesales, y tendrá garantizado su derecho a la presunción de inocencia. Pero eso no significa que la investigación deba detenerse, ni que el juez deba ser sometido a un escrutinio personal por hacer su trabajo. La lealtad institucional no es incompatible con la crítica, pero sí lo es con el hostigamiento. Y la diferencia, como tantas cosas en el derecho, es una cuestión de medida.

Conclusiones

Las palabras de Juan Manuel Fernández en el Foro La Región no fueron las de un juez corporativo que defiende a los suyos. Fueron las de un presidente de la Audiencia Nacional que ha comprendido que la independencia judicial no es un dato adquirido, sino una conquista que debe ser defendida cada día. La corrupción carcome el sistema democrático, dijo. Pero también lo carcome el hostigamiento a quienes la investigan. Porque un sistema en el que los jueces temen las consecuencias de sus decisiones es un sistema en el que la corrupción campa a sus anchas, protegida por la sombra de la intimidación.

La justicia no se defiende sola. La defienden los jueces que firman autos como el de Calama, a sabiendas de que serán atacados. La defienden los presidentes de órganos judiciales que, como Fernández, salen a la palestra para recordar lo obvio. Y la defienden, en fin, los ciudadanos que exigen que sus representantes políticos respeten las reglas del juego. Porque el día en que los jueces empiecen a mirar hacia otro lado por miedo a las consecuencias, ese día no habrá ganado nadie. Habremos perdido todos. Y la democracia, que se nutre de la confianza en las instituciones, habrá sufrido un daño que ninguna sentencia podrá reparar. Porque las sentencias reparan derechos, pero no restauran confianzas. Y la confianza, cuando se pierde, tarda en volver. Si es que vuelve.

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