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Derecho Fiscal

Madrid aporta el 90% del impuesto de grandes fortunas y anuncia recurso ante la Audiencia Nacional

Los expertos creen que habrá una sentencia del TC sobre la constitucionalidad del tributo antes de que acabe 2023

La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero. (Foto: Moncloa)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 7 min

Publicado




Derecho Fiscal

Madrid aporta el 90% del impuesto de grandes fortunas y anuncia recurso ante la Audiencia Nacional

Los expertos creen que habrá una sentencia del TC sobre la constitucionalidad del tributo antes de que acabe 2023

La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero. (Foto: Moncloa)



El impuesto temporal de solidaridad a las grandes fortunas, previsto para los ejercicios 2023 y 2024 ha recaudado 623 millones de euros en 2023, la mayor parte en Madrid, con 555 millones de euros, según informaba este miércoles el Ministerio de Hacienda y Función Pública. Esta cifra está muy por debajo de los 1.500 millones de euros presupuestados.

En total, 12.010 grandes patrimonios, que representan el 0,1% de los contribuyentes en España, han abonado por este impuesto, complementario al de Patrimonio, una cuota media de 52.000 euros.



«Esta figura tributaria cumple el objetivo marcado por el Gobierno de avanzar en una política fiscal más progresiva en la que se pide un mayor esfuerzo a quienes más tienen en un contexto de alza de precios por la guerra de Ucrania», subraya el Departamento que dirige, en funciones, María Jesús Montero.

El impuesto de solidaridad a las grandes fortunas afecta a los patrimonios netos superiores a tres millones de euros, se devenga el 31 de diciembre de cada año y la presentación de la declaración se produce entre el 1 y el 31 de julio. Para evitar la doble imposición, los contribuyentes sólo tributan por la parte de su patrimonio que no haya sido gravado por su comunidad autónoma en el Impuesto sobre el Patrimonio.



De esta forma, en el impuesto de solidaridad de las grandes fortunas se aplica una deducción de la cuota satisfecha en el Impuesto sobre el Patrimonio, descontando del pago de este nuevo impuesto lo abonado por el de Patrimonio.



Por este motivo, Hacienda, sumando los ingresos obtenidos por el impuesto de solidaridad de grandes fortunas y el Impuesto sobre el Patrimonio, ha superado este año los 1.868 millones de euros. Unas cifras escasas, pero es que este impuesto, como explican varios expertos a Economis & Jurist, se gestionó con un error a la Orden Ministerial que no se ha podido modificar.

Así, de los 12.010 declarantes, la mayoría corresponden a grandes patrimonios de Madrid (10.302 contribuyentes), que han aportado 555 millones de euros. Les siguen los contribuyentes de elevado patrimonio de Andalucía (865 declarantes), que han abonado 29,7 millones; y los grandes patrimonios de Galicia (91), con una cuota a pagar de 9,8 millones. Estas tres comunidades suman más del 95% de los contribuyentes y de la recaudación.

Tras ellas se sitúa Cataluña, con 322 declarantes y dos millones de euros de recaudación; Cantabria (9 declarantes y 400.000 euros); Comunidad Valenciana (17 declarantes y 200.000 euros recaudados), y Asturias, con 10 declarantes y una cuota a pagar de 100.000 euros. Los no residentes y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla han aportado 26,2 millones de euros tras declarar este impuesto 342 grandes patrimonios.

Sólo se ha recaudado una tercera parte de lo previsto

Para Eduardo Gracia, socio de Ashurst España y dirige el departamento de Derecho Tributario de Ashurst Madrid así como la práctica de Derecho Tributario de Ashurst en EMEA y EEUU, pese a lo que dice Hacienda el impuesto ha recaudado una tercera parte. Ellos pensaban recaudar unos 1.500 millones sin perjuicio de los impuestos de patrimonio”.

Eduardo Gracia. (Foto: Ashurst)

A juicio de este abogado “se han quedado muy por debajo de lo previsto porque cometieron un enorme error en la redacción de la ley, pero eso pasa por hacerlo con prisa. Luego no pudieron rectificar porque el Consejo de Estado les paró los pies”.

Este error viene porque en la ley se fijó que, a la hora de hacer el cálculo, el contribuyente tendría que tener en cuenta la «cuota íntegra» de Patrimonio en vez de la cuota realmente pagada. Aunque el Ejecutivo quiso cambiar este error a través de la Orden Ministerial que aprobaba el modelo para su liquidación, el Consejo de Estado señaló que la modificación no se trata de una «mera aclaración», sino que «está contraviniendo, de modo palmario y por un cauce totalmente improcedente, tanto desde la perspectiva del rango normativo de la disposición como desde la garantía de la seguridad jurídica» de la ley del Impuesto de Patrimonio y de la de Grandes Fortunas.

Gracia aclara que muchos de estos contribuyentes que ya pagaron su impuesto a finales de julio “han impugnado de la liquidación. Sabemos que en algunas resoluciones Hacienda ha denegado dicha impugnación de autoliquidaciones, con lo cual el asunto puede acabar en los tribunales, sobre todo en el Tribunal Administrativo Económico Central (TEAC) previsto para asuntos de más 150.000 euros si la cifra es menor de 50.000 euros iría al TEAR regional”.

En este contexto, el experto cree que será clave la sentencia del Tribunal Constitucional sobre los recursos que han interpuesto las comunidades autónomas de Madrid y Galicia. “A este respecto, todo parece indicar que tendremos sentencia antes de que acabe este año. Va a ser una sentencia clave en todo este impuesto y su futuro”.

Este jurista ve lógico que, como parte de su estrategia judicial de defensa, el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso anunciara el pasado 12 de septiembre que iba a presentar un recurso contencioso administrativo a Audiencia Nacional por considerar que se invaden competencias autonómicas en materia fiscal y financiera con este impuesto a las grandes fortunas. “Es algo coherente; si impugnas la ley en el Constitucional debes impugnar la orden ministerial de aprobación del modelo”.

En opinión de los expertos consultados por este medio, probablemente se resolverán antes los recursos que hay planteados ante el Tribunal Constitucional. Sobre esta sentencia hay argumentos muy sólidos para considerarlo inconstitucional, pero dada la composición actual del tribunal queda más abierto la decisión final.

Sobre esta sentencia, afirman que “al final lo que puede producir es que se abra el debate sobre la financiación autonómica. Si se quiere buscar esa armonización hay que hacerlo con la correspondiente Ley Orgánica y discutiendo estas cuestiones como se suele hacer realmente. Este fallo debe estar muy bien argumentado por el Tribunal Constitucional en el caso que siguiera los postulados del Gobierno. Tendrán que argumentarlo muy bien porque podría ser el descrédito para el Tribunal Constitucional”, argumentan.

Un error de planificación fiscal

Por su parte, Javier Morera, socio del área fiscal de Broseta, reconoce que la recaudación de Hacienda ha sido escasa “por el error que tuvieron con la implementación de la orden ya de todos conocido. Se hablaba de la cuota íntegra en lugar de la cuota líquida a pagar, con lo cual ese error suponía que en Madrid te podías deducir un Impuesto de Patrimonio madrileño, que en realidad no pagabas. Pones el impuesto en la casilla de patrimonio pero luego aplicas la bonificación de Madrid y el resultado era a pagar cero y ese error lo intentaron modificar en la declaración modelo 718, desde una Orden Ministerial pero el Consejo de Estado no le dejó y sacaron la orden de esa forma. Eso ha hecho que en Madrid ha habido gente que ha pagado una quita parte de lo que tendría que pagar”.

Javier Morera, socio de fiscal de Broseta. (Foto: Broseta)

De cara al futuro, en la declaración del año 2023 si no lo remedian “es previsible que pase lo mismo, otra cosa en la declaración del 2024. Sin embargo, hay que señalar que esos 623 millones son el O,2% de los impuestos que se recauda en el 2022, si hubieran sido los 1500 millones previstos sería el 0,5% que no tiene ninguna relevancia a nivel global”.

Morera recuerda que “en la exposición de motivos de la norma ya se hablaba de que lo que pretendía el impuesto es una armonización por la puerta de atrás a nivel de todas las comunidades autónomas. Es un fracaso del Gobierno. Se habla ya de que en 2024 se podría prorrogar este impuesto de carácter temporal, entonces ya tendríamos un problema más serio”.

Al mismo tiempo, confirma que “muchos de los contribuyentes ya han recurrido la impugnación de la autoliquidación pidiendo la devolución del impuesto, asesorados una parte de ella por nosotros. En algunos casos ya sabemos que lo rechazan con lo cual el siguiente paso es ir a la vía económico-administrativa”.

Desde su punto de vista, en este escenario “la sentencia del Tribunal Constitucional que resolverá los recursos de Madrid, Andalucía y Galicia puede ser clave en el futuro de este impuesto. El rumor es que la sentencia se va a sacar con cierta prontitud, a finales de este año. En mi opinión, el Gobierno, antes de extender el impuesto fuera de estos dos primeros años, esperará a ver el fallo sobre la constitucionalidad”.

A su juicio, “esta es una sentencia compleja que hay que argumentar bien si se van a rechazar los visos de inconstitucionalidad, porque a priori hay elementos sólidos que confirman que podría vulnerar algunos preceptos de nuestra Constitución. Un fallo a favor rápido aceleraría las devoluciones del dinero pagado y ayudaría al futuro Gobierno de Pedro Sánchez, caso de que vuelva ser investido presidente, saber a qué atenerse”.

Para Morena, hay muchos argumentos para tumbar este impuesto. “El hecho de aprobarlo en una enmienda en una proposición de ley saltándote los informes del Consejo del Estado, CGPJ y otros organismos como filtros es algo bastante denunciable y feo. Tampoco hay necesidad de urgencia y necesidad para aprobar el impuesto donde se habló que venía provocado por las repercusiones de la Guerra de Ucrania”.

A juicio de este fiscalista, hay otros argumentos con más peso, como es el hecho de que “hay una retroactividad impropia, de esa norma no se ha conocido el borrador hasta el mes de diciembre y el impuesto tiene muchos componentes que son temporales, hay cosas que deben valorarse a lo largo de meses, con lo cual se genera una situación de inseguridad jurídica clara”.

Desde su punto de vista, “los argumentos más importantes sobre su constitucionalidad están en el lado de que hay un fraude de ley. Con este impuesto, el Gobierno dice que lo que pretende es una armonización por la puerta de atrás. No se puede armonizar patrimonio por esta vía, esa es una competencia que se cedió a las comunidades autónomas a través de la LOFCA, normativa autonómica y otra normativa. Si lo quiere recuperar el Estado debe seguir el mismo procedimiento establecido para la cesión”.

Sobre la iniciativa de Madrid de recurrir por la vía contenciosa en la Audiencia Nacional, Morera subraya que “es una decisión lógica. Esta es una carta que nosotros nos guardamos por si el Constitucional valida el impuesto. Nosotros seguiremos recurriendo porque puede haber principios no solo constitucionales sino de legalidad que se hayan infringido”.

A este respecto, subraya que “esta aprobación del impuesto sobre grandes fortunas atenta contra el principio de seguridad jurídica. Este es un derecho fundamental consagrado en la propia normativa europea. Podría llegar al Supremo e incluso al TJUE europeo. Aunque la vía del Constitucional no funcionara tengo en la vía contenciosa de ir a otras instancias e incluso acabar saltando a la UE. Esa es otra vía más larga en el tiempo”.

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