Encuadramiento de administradores de sociedades en el sistema de seguridad social
Encuadramiento de administradores de sociedades en el sistema de seguridad social
(Imagen: E&J)
A los meros efectos de centrar el estudio de la citada Disposición Adicional deben tenerse en cuenta los antecedentes que han obligado a nuestro legislador a optar por un criterio aparentemente definitivo a la controvesia que nace con las Sentencias de la Sala de lo Contencioso administrativo de 26.3.1991 (Ar. 2500), y de 26.4.1991 (Ar. 3334). Hasta ese momento el artículo 61.2.a.) del Decreto 2065/1974, de 3 de Mayo por el que aprobaba el Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social, entendía a los efectos de Seguridad Social como asimilados al Régimen General a «los que trabajen por cuenta ajena en los cargos directivos de las Empresas excluidos de la Ley de Contrato de Trabajo. No estarán incluidos en esta asimilación quienes ostenten pura y simplemente cargos de Consejeros en las empresas que adopten forma jurídica de sociedad» . Dicho criterio excluía, por tanto, a los administradores del Sistema de Seguridad Social asimilando en el Régimen General a los administradores activos. …
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