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Artículos

¿Hasta qué punto se puede vigilar a los empleados?

"El Tribunal Constitucional se ha vuelto a pronunciar recientemente sobre la videovigilancia de empleados en la empresa con fines disciplinarios"

(Foto: E&J)

Estela Martín Estebaranz

DirCom & RSC en Sincro. Abogada & Periodista




Tiempo de lectura: 7 min

Publicado




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¿Hasta qué punto se puede vigilar a los empleados?

"El Tribunal Constitucional se ha vuelto a pronunciar recientemente sobre la videovigilancia de empleados en la empresa con fines disciplinarios"

(Foto: E&J)



La línea que separa la licitud de la ilicitud a la hora de controlar a los trabajadores es bastante difusa. Por un lado, entra dentro del poder de dirección empresarial verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales por parte de las personas trabajadoras (art. 20.3 del ET). Por otro, están en juego derechos fundamentales como la intimidad y la dignidad.

Videovigilancia con fines disciplinarios

El Tribunal Constitucional se ha vuelto a pronunciar recientemente sobre la videovigilancia de empleados en la empresa con fines disciplinarios (STC 119/2022, de 29 de septiembre de 2022).



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