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La continuidad de los ERTE no garantiza la viabilidad de las empresas

Teresa Ezquerra Pérez

Associate Lawyer en ABENCYS Reestructuraciones




Tiempo de lectura: 3 min



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La continuidad de los ERTE no garantiza la viabilidad de las empresas

Esta medida, que parece pretender ser la encargada de asegurar la solvencia empresarial, puede dificultar la toma de decisiones y el manejo de la plantilla



Asistimos, por virtud del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos, a una nueva prórroga de los “ERTEs Covid”, y ya es la quinta. Atendiendo a lo dispuesto en dicha norma, los ERTEs se han prorrogado a causa de la crisis sanitaria y económica derivada de la Covid-19 hasta el 30 de septiembre.

Sin embargo, llegado este punto, nos preguntamos si esta medida, que al principio de la pandemia fue fundamental, sigue siendo necesaria para asegurar la continuidad de las empresas, o si, por el contrario se revela como una herramienta insuficiente que en algunos casos pueda ser un arma de doble filo que esté enmascarando tejidos empresariales muy dañados.



En un panorama en el que las insolvencias ocupan un papel protagonista dentro de las entidades, la situación derivada de la Covid-19 ha provocado que las normativas laborales incluyeran mecanismos para regular el empleo y tratar de evitar despidos que afectasen a la estructura de la organización y a sus propios trabajadores.

Sin embargo, esta medida, que parece pretender ser la encargada de asegurar la solvencia empresarial, puede dificultar la toma de decisiones y el manejo de la plantilla. Y es que mantener el ERTE hasta el último día, en muchos casos no hace sino dilatar una situación inevitable, especialmente en los casos de empresas con dificultades de liquidez. De esta manera, la solvencia puede verse en peligro y, por tanto, puede llegar a quedar anulada la principal premisa de esta herramienta: garantizar la continuidad de la empresa en cuestión.



«A todo esto se suma que la moratoria concursal, también aprobada, está suponiendo un agravante a la situación» (Foto: Economist & Jurist)



Con esta quinta prórroga lo que está viéndose reflejado en un clima laboral tenso en el que los trabajadores desconocen la situación a la que puede que se enfrenten en los próximos meses. Esto supone, además un riesgo para las empresas, y una dificultad a la hora de retener los “talentos”, por la posibilidad de que, ante un excesivo alargamiento del ERTE y la incertidumbre generada en los trabajadores, estos opten por buscar otros empleos.

La solvencia puede verse en peligro

A todo esto se suma que la moratoria concursal, también aprobada, está suponiendo un agravante a la situación. De esta manera, lo que se está pudiendo observar es que cada vez son más recurrentes en el tejido empresarial las empresas zombie que, en realidad, aunque aparezcan en activo, no tienen capacidad para continuar con su actividad.

Por todo ello,  es un buen momento para que los empresarios analicen qué situación está atravesando su empresa y traten de implantar, a tiempo, las medidas oportunas, por vía de los mecanismos previstos en el Estatuto de los Trabajadores. Los empresarios deben conocer los diversos tipos de ERTE a los que una empresa se puede enfrentar. En primer lugar, la suspensión de la relación laboral, que supone la necesidad de suspender a parte o totalidad de la plantilla. En segundo lugar, puede darse la reducción de la jornada o los ERTES mixtos en los que parte de la plantilla se encentra en suspensión de contrato de trabajo y otra en una reducción de jornada.

Por otro lado, el empresario debe afrontar la situación real de liquidez que atraviesa su compañía y, en caso de revelarse necesario, acogerse, sin demora, a las distintas vías de amparo que ofrece el Texto Refundido de la Ley Concursal, desde los acuerdos de refinanciación o el acuerdo extrajudicial de pagos, hasta la solicitud del concurso, ya sea con convenio o con liquidación. Y en este último caso, la extinción de los contratos de trabajo con arreglo a la Ley Concursal.

En definitiva, los empresarios deben tener en cuenta qué opciones tienen para salvar la solvencia de su entidad, así como las consecuencias que le supondría cada una. Solo así se podrá llegar a la mejor solución que afecte lo menos posible a la estructura de la organización y que, además, consiga evitar consecuencias que pueden agravar la situación.

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