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La figura del experto en reestructuración desde el punto de vista financiero

"Quizás la reforma legal debería haber definido con más precisión las funciones del Experto en reestructuraciones"

(Foto: E&J)

Luis Fernando Conde Berné

Asociado y responsable de Financiación en AGM Abogados




Tiempo de lectura: 2 min



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La figura del experto en reestructuración desde el punto de vista financiero

"Quizás la reforma legal debería haber definido con más precisión las funciones del Experto en reestructuraciones"

(Foto: E&J)



Aunque la figura del experto en reestructuraciones (de ahora en adelante, “el Experto”) no queda muy definida en la reciente reforma legal su principal función es la asistencia al deudor y a los acreedores en las negociaciones y en la elaboración del plan de reestructuración.

Así, para poder llevar a cabo su misión, el Experto debe analizar de manera muy minuciosa el plan propuesto y, sobre todo, los estados financieros del deudor y las principales partidas que los componen para intentar de este modo satisfacerse de la razonabilidad de estos.



Por esta razón, entre las tareas del Experto, se deberían de encontrar como mínimo las siguientes:

Análisis del balance de situación

  • Masas patrimoniales del activo y del pasivo → Determinar el equilibrio patrimonial.
  • Activo no corriente:
    • Inmovilizado intangible/material.
    • Inversiones inmobiliarias/financieras.
  • Activo corriente:
    • Existencias (obsolescencia).
    • Deudores (cobrabilidad/morosidad).
    • Tesorería (disponibilidad real).
  • Patrimonio neto.
  • Pasivo no corriente (deuda bancaria/no bancaria) → Garantías que afecten al activo.
  • Pasivo corriente (deuda bancaria/no bancaria) → Exigibilidad/puntualidad.
  • Acreedores Sector Público.
  • Ratios de solvencia/endeudamiento.
  • Ratios de liquidez.

«El Experto tendrá una visión de la situación financiera de la empresa y de las posibles causas que la han conducido a la situación de crisis» (Foto: E&J)



Análisis de la cuenta de pérdidas y ganancias

  • Cifra de negocios:
    • Margen bruto.
    • Gastos de explotación.
  • Resultado de explotación (EBIT).
  • Resultado financiero/Coste financiero de la deuda.
  • Resultado antes de impuestos.
  • Resultado del ejercicio.
  • Flujos de caja.

Con el análisis hecho de los estados financieros y de la información complementaria obtenida de la compañía o de terceros, el Experto tendrá una visión de la situación financiera de la empresa y de las posibles causas que la han conducido a la situación de crisis.



Por otro lado, para poder asistir en la elaboración del plan de reestructuración, deberá conocer, comprender y valorar el Plan de Negocio sobre el que la compañía fundamenta sus expectativas de viabilidad futura y sobre el que se construirá el plan de reestructuración, centrándose en el análisis de las previsiones de flujos de caja.

Análisis de las previsiones de flujos de caja futuros

  • Valoración hipótesis utilizadas.
  • Razonabilidad de los ingresos.
  • Razonabilidad de los costes.
  • Cobertura del servicio de la deuda:
    • Antes de la reestructuración.
    • Con la deuda reestructurada.

Una vez conocida la situación financiera de la empresa y las expectativas de generación de flujos de caja futuros, el Experto podrá asistir al deudor y a los acreedores en la negociación y elaboración del plan de reestructuración cuya propuesta contemplará, entre otros, la posible refinanciación de la deuda existente (plazo, carencias, quitas, garantías, covenants, …), la nueva financiación prevista, las medidas operativas propuestas y el posible tratamiento de las unidades productivas.

Quizás la reforma legal debería haber definido con más precisión las funciones del Experto en reestructuraciones, teniendo en cuenta además que se trata de una nueva figura en el marco jurídico concursal español. Esperamos que a medida que pase el tiempo, la propia praxis vaya concretando la actuación de estos profesionales que creemos pueden ser vitales en el futuro desarrollo practico de la nueva norma y es una de las principales aportaciones de la transposición de la Directiva.

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