La jurisprudencia del tribuanl constitucional que sí cabe rentabilizar en los procesos judiciales
La jurisprudencia del tribuanl constitucional que sí cabe rentabilizar en los procesos judiciales
Miembros de la Comisión de Escrutinio y Buenas Prácticas. (Imagen: CEA)
Estamos acostumbrados a considerar al Tribunal Constitucional (TC) únicamente como controlador de la constitucionalidad de las leyes emanadas del Congreso de los Diputados y en ese sentido a calificarlo como «Legislador negativo». Sin embargo, la Constitución Española de 1978 (CE) a través básicamente de su artículo 24 ha convertido también al TC en un «Juez negativo», circunstancia ésta que ya he señalado en otro lugar (1) y a la que, incomprensiblemente, no se le ha dado todavía el tratamiento doctrinal que merece. …
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