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Artículos

La jurisprudencia española ahonda en la libertad sindical y la transparencia algorítmica

El derecho de información sindical no puede quedar limitado a sistemas sofisticados

(Imagen: E&J)

Cristina Prado Benéitez

Abogada laboralista en Ontier (Oviedo)




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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La jurisprudencia española ahonda en la libertad sindical y la transparencia algorítmica

El derecho de información sindical no puede quedar limitado a sistemas sofisticados

(Imagen: E&J)

La reciente sentencia de la Audiencia Nacional núm. 2867/2025, dictada el 4 de julio, supone un pronunciamiento de gran calado en el ámbito de las relaciones laborales en un contexto cada vez más condicionado por el uso de algoritmos en la gestión de recursos humanos. En dicha resolución, se estima la demanda interpuesta por el sindicato CGT contra la empresa FOUNDEVER SPAIN S.A. por vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical, al haberse negado ésta a proporcionar información sobre el funcionamiento del sistema algorítmico utilizado para la asignación de libranzas variables en sus centros de trabajo.

A través del presente artículo se pretende ahondar en los aspectos jurídicos más relevantes de la meritada sentencia, atendiendo tanto a la fundamentación jurídica empleada como al trasfondo material de esta suerte de autos, que pone de relieve una tensión creciente entre la opacidad tecnológica y los derechos de representación de los trabajadores.



La litis surge a raíz de diversos requerimientos que la CGT dirige a la mercantil mencionada, en los que solicita información detallada sobre los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos utilizados para gestionar turnos y libranzas. Estos requerimientos se amparan expresamente en el artículo 64.4.d) del Estatuto de los Trabajadores, en su redacción dada por la Ley 12/2021, que incorporó el derecho a ser informado sobre algoritmos y sistemas de inteligencia artificial que puedan incidir en las condiciones de trabajo. La negativa empresarial a facilitar dicha información, sustentada en la afirmación de que no se empleaban algoritmos ni sistemas automatizados, fue contestada por CGT con la interposición de una demanda de tutela de derechos fundamentales.



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