Los pagos de la certificación final de unas obras pueden regularizarse en la liquidación final del contrato
Según el Supremo no se necesita acudir a la declaración de lesividad de la certificación
(Imagen: E&J)
Los pagos de la certificación final de unas obras pueden regularizarse en la liquidación final del contrato
Según el Supremo no se necesita acudir a la declaración de lesividad de la certificación
(Imagen: E&J)
De acuerdo con la reciente sentencia del Tribunal Supremo (número 1880/2024), de 26 de noviembre de 2024, el pago de las revisiones de precios se efectuará «de oficio» en las certificaciones o pagos parciales, siendo posible regularizar en la liquidación del contrato «los desajustes» que se produzcan respecto del expediente de gasto aprobado en el ejercicio.
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