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Jurisprudencia

¿Cuántos tipos de juzgados y tribunales hay en España?

La organización del Poder Judicial en nuestro país es compleja y jerarquizada

Carlos Lesmes, rodeado de magistrados en el Tribunal Supremo durante la apertura del Año Judicial. (Foto: Bernardo Díaz)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




Jurisprudencia

¿Cuántos tipos de juzgados y tribunales hay en España?

La organización del Poder Judicial en nuestro país es compleja y jerarquizada

Carlos Lesmes, rodeado de magistrados en el Tribunal Supremo durante la apertura del Año Judicial. (Foto: Bernardo Díaz)



España está organizada de tal manera que la soberanía nacional corresponde a los ciudadanos ya que, ellos son los titulares del poder público, del que derivan el resto de los poderes: Legislativo (hace las leyes), Ejecutivo (ejecuta las normas) y Judicial (interpreta las leyes y hace que se cumplan a través de sus sentencias).

La organización judicial en España es compleja. Existen diferentes tipos de Juzgados y Tribunales que conforman el sistema judicial de nuestro país, así como las competencias que le corresponden a cada uno de ellos.



A la hora de clasificar los Juzgados y Tribunales que integran este organismo se puede hacer en base a varios aspectos. Teniendo en cuenta su organización territorial, existen juzgados que tienen competencias dentro de los municipios; otros que extienden sus competencias al partido judicial -unidad territorial integrada por uno o más municipios limítrofes dentro de la misma provincia-; juzgados de provincia; juzgados que extienden su jurisdicción a toda una Comunidad Autónoma, y, en el último caso, los que más territorio abarcan, que son los juzgados que tienen competencias en todo el Estado.



Por otro lado, si se clasifican en base al orden jurisdiccional, se estaría hablando del carácter de los temas que tratan en cada una de las Salas. Así pues, se puede hablar de juzgados de lo Civil (asuntos civiles); de lo Penal (causas y juicios criminales); de lo Contencioso-Administrativo (controlan la legalidad de las actuaciones de las Administraciones Públicas); de lo Social (reclamaciones a la Seguridad Social y conflictos entre trabajadores y empresarios cuyo origen sea el contrato de trabajo); y juzgados de lo Militar (jurisdicción especial limitada a los delitos militares recogidos en el Código Civil Militar y los cometidos durante el Estado de Sitio).

Un organigrama judicial

Las instituciones, al igual que las empresas, están compuestas por diferentes miembros y cada uno ocupa un cargo y una función determinada. Así pues, el Poder Judicial, con el fin de que cada asunto de este ámbito sea tratado de la manera más fiel posible a las normas que rigen el país, está organizado como una pirámide u organigrama.



Información extraída de iAbogado (Tabla elaborada por Laura Marín/E&J)

Dentro del ámbito municipal se hayan los Juzgados de Paz, que existen en aquellos municipios donde no hay un juzgado de primera instancia e instrucción, haciéndose cargo de competencias tanto del orden civil como del penal, aunque son asuntos de menor relevancia. La Sala es presidida por un juez de paz.

En cuanto a la jurisdicción de Partido Judicial se encuentran dos clases de juzgados: los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. ambos son unipersonales, es decir al frente de sus Salas se encuentra un único juez o magistrado y administran competencias de Orden Penal y Civil.

La función de los primeros es enjuiciar delitos leves y ofrecer una primera respuesta a los ciudadanos, mientras que los segundos se encargan de las denuncias correspondientes con hechos derivados de violencia de género. Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer pueden extender, de manera excepcional, su jurisdicción a varios Partidos dentro de la misma provincia.

 Ámbito Provincial y Autonómico

Los Juzgados de lo Penal se encuentran por encima de lo Primera Instancia y de Violencia sobre la Mujer. Se encargan de celebrar juicios sobre aspectos que hayan sido ya tramitados por los anteriores dos juzgados.

Los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, ubicados en la misma línea de poder que los de lo Penal, tienen la función de ejecutar las penas privativas de libertad, velando y vigilando que los derechos de quienes se encuentran en prisión se cumplan.

Los Juzgados de Menores tratan los delitos en los que los menores de edad se han visto implicados.

Los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo que conocen los asuntos en los que son parte la Administración Pública.

Los Juzgados de lo Social que resuelven las reclamaciones interpuestas por trabajadores frente a empresarios, así como el derecho de huelga o la libertad sindical, entre otros.

Los Juzgados de lo Mercantil se encargan de los conflictos sobre materia mercantil y concursal.

Juzgados de la Plaza de Castilla, Madrid. (Foto: Guillermo Navarro/ABC)

En las provincias, no solo tienen competencias los juzgados ya nombrados sino, que también la Audiencia Provincial. Se trata del máximo órgano colegiado de poder dentro de una provincia, con competencias civiles y penales.

La siguiente instancia con mayor peso jurídico es el Tribunal Superior de Justicia, que actúa en el ámbito de la Comunidad Autónoma por lo que hay tantos TSJ como Comunidades. Su jurisdicción se aplica a todo el territorio que le corresponde. Al frente de sus Salas se encuentran varios magistrados que tienen que debatir para dictaminar un fallo. Los Tribunales Superiores de Justicia están conformados por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, por la Sala de lo Civil y Penal, y la Sala de lo Social

En el ámbito Nacional

Por encima de los TSJ está la Audiencia Nacional que como bien indica su nombre, se trata de un órgano colegiado que tiene jurisdicción en toda España y cuya sede se encuentra en Madrid. Se trata de un tribunal especializado para el conocimiento de determinadas materias que le reserva la ley a través de su Sala de lo Penal, su Sala de Contencioso-Administrativo, la Sala de lo Social y, además, tiene una sala especial, la Sala de Apelación.

Por último, en la cúspide del poder judicial se haya el Tribunal Supremo, por encima de todos los anteriormente nombrados. La misión del TS es garantizar que las leyes se aplican en todo el territorio español de manera uniforme, es decir, fijan el sentido con el que deben interpretarse las normas jurídicas. Está formado por la Sala Primera o de lo Civil, la Sala Segunda o de lo Penal, la Sala Tercera o de lo Contencioso-Administrativo, la Sala Cuarta o de lo Social y la Sala Quinta o de lo Militar.

Por otro lado, cabe recalcar que, el Supremo no se encarga de las garantías constitucionales porque lo relacionado en esa materia le corresponde al Tribunal Constitucional, el cual no forma parte del Poder Judicial.

Juicio oral celebrado en la Sala Segunda del Tribunal Supremo (Foto: Tribunal Supremo)

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