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Casos de éxito

Delito contra la seguridad vial por conducir sin carnet tras pérdida de puntos

"El 20 de mayo de 2015, el acusado, fue sorprendido por la Guardia Civil cuando conducía por una carretera de Zaragoza, careciendo del permiso de conducir por pérdida total de puntos"

(Foto: E&J)

Alberto Peiró Clavería

Experto en Derecho Bancario y Familia




Tiempo de lectura: 6 min



Casos de éxito

Delito contra la seguridad vial por conducir sin carnet tras pérdida de puntos

"El 20 de mayo de 2015, el acusado, fue sorprendido por la Guardia Civil cuando conducía por una carretera de Zaragoza, careciendo del permiso de conducir por pérdida total de puntos"

(Foto: E&J)

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 01-07-2016
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra la seguridad / Contra la seguridad vial
  • Número: 13109
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL, El Ministerio Fiscal, Los escritos de acusación, NOTIFICACIONES Y CITACIONES, Presunción de inocencia e in dubio pro reo

Documentos originales presentados



(Foto: E&J)

El caso

Supuesto de hecho

  • ZARAGOZA, 20-05-2015

El 20 de mayo de 2015, el acusado, fue sorprendido por la Guardia Civil cuando conducía por una carretera de Zaragoza, careciendo del permiso de conducir por pérdida total de puntos.



La resolución administrativa mediante la que se le privó de los puntos le fue debidamente notificada.

Objetivo: cuestión planteada

Que se le absuelva del delito por el que se le acusa, ya que conducía sin carnet pero sin tener conocimiento de que le había sido revocado.



La estrategia: solución propuesta

Presentar Escrito de defensa, basándolo en el desconocimiento de Don Roberto de la notificación por la que se le revocaba el carnet de conducir, al no estar él en el domicilio en el momento de recibir la notificación y hacerlo su hermano.



El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Penal
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Instrucción
  • Tipo de procedimiento: Procedimiento Abreviado
  • Fecha de inicio del procedimiento: 21-09-2015

Partes

  • Acusación Ministerio Fiscal.

Defensa:

  • Don Roberto

Peticiones realizadas

Acusación Ministerio Fiscal.

  • El acusado es responsable del delito de conducción sin permiso del artículo 384.1 del CP.
  • Procede imponer una pena de multa de 14 meses con una cuota diaria de 8 euros, quedando sujeto a responsabilidad penal subsidiaria, que para el caso de impago, establece el artículo 53 CP.
  • Procede imposición de costas procesales al acusado.
  • Procede adoptar las medidas cautelares pertinentes para garantizar responsabilidades pecuniarias.

Defensa:

Libre absolución de Don Roberto, con todos los pronunciamientos favorables o, en su caso y subsidiariamente, la fijación de una pena de multa en su importe mínimo, habida cuenta de que el acusado carece de recursos y es mantenido por sus progenitores.

Argumentos

Acusación Ministerio Fiscal

El acusado iba conduciendo sin carnet, pues había sido notificado con anterioridad, en tiempo y forma, por parte de la administración sobre dicha resolución por la que se le revocaba el carnet de conducir por pérdida de puntos.

Defensa:

Don Roberto no tuvo conocimiento de dicha notificación, pues cuando se realizó la misma, se encontraba fuera de su domicilio, recibiendo la notificación su hermano, como consta en el acuse de recibo de la misma, sin llegar a tener él conocimiento que dicha notificación se había realizado, ni de la pérdida de puntos.

Normas y artículos relacionados

Documental aportada

Acusación Ministerio Fiscal.

  • Folios de la causa.

Defensa:

  • Folios de la causa.

Prueba

Acusación Ministerio Fiscal

  • Interrogatorio del acusado.
  • Testifical de los Guardias Civiles.
  • Documental por lectura de todo lo actuado.

Defensa:

  • Interrogatorio del acusado.
  • Testifical del hermando del acusado.
  • Documental por lectura de todo lo actuado.

Resolución Judicial

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:

El Juzgado de lo Penal de Zaragoza, dicta Sentencia en la cual falla lo siguiente:

Condenar a Don Roberto, como autor penalmente responsable de un delito contra la seguridad vial previsto y tipificado en el párrafo primero del artículo 384 CP, no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de 12 meses a razón de 6 euros la cuota diaria, sin perjuicio de su responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, consistente en un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, así como al pago de las costas procesales.

Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:

El Juzgado de lo Penal, basa su fallo en los siguientes fundamentos:

    • Resulta probado que de la resolución declarando la pérdida de vigencia de autorización administrativa para conducir, era plenamente conocedor el acusado, al haber sido notificada el 8 de abril de 2015 en el domicilio donde vivía, siendo recogida por su hermano quien la dejó en el lugar donde dejaban siempre la correspondencia.
    • No ha quedado demostrado que Don Roberto, trabajara fuera de Zaragoza en las fehcas en las que tuvo lugar la notificación.
    • Su defensa consistió en afirmar que el hermano que la recibió no se la entregó, razón por la que la desconocía, aseverando que estaba en aquel tiempo trabajando en Barcelona. Nada de eso ha resultado demostrado.
    • El discurso del hermano propuesto por la defensa como testigo, es contradictoria con lo relatado por el encausado, pues, aunque manifestó no habérsela dado en mano indicó, que su hermano vivía en la casa en aquel tiempo, y posteriormente, que la dejó donde siempre dejaban la correspondencia, y en último término, que avisó a su hermano a los pocos días de llegar que le había llegado una notificación de tráfico.
    • Por todo lo expuesto, la versión del acusado no es en modo alguno verosímil, habiéndose constatado, en base al conjunto de indicios probatorios y circunstancias que se acaban de relacionar, que era plenamente sabedor y consciente de la sanción que se le había impuesto, la cual desobedecía dolosamente cuando fue interceptado por la fuerza actuante, concurriendo los elementos de lo injusto del tipo penal examinado.

Segunda instancia

  • Tipo de recurso: Recurso de apelación
  • Recurrente: Defensa
  • Fecha del recurso: 19-05-2016
  • Tribunal: Audiencia Provincial

Prueba

Documental aportada

Documentación
  • Reconocimiento de asistencia jurídica gratuita que consta en autos y que demuestra la exigua capacidad económica del acusado.
  • Certificado de empresa, careciendo de derecho a prestación por desempleo dado el escaso tiempo trabajado.

Resolución judicial del recurso

  • Fecha de la resolución judicial: 01-07-2016

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:

La Audiencia Provincial de Zaragoza, dicta Sentencia por la cual falla:

Se estima el recurso de apelación formulado por Don Roberto, revocando la Sentencia dictada con fecha 28 de abril de 2016, por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal de Zaragoza, en las Diligencias Previas, absolviendo al acusado del delito contra la seguridad vial, de conducir careciendo de permiso, del artículo 384 del CP, declarando de oficio las costas de las dos instancias.

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:

La Audiencia Provincial basa su fallo en los siguientes fundamentos:

    • No ha resultado probado que de la resolución declarando la pérdida de la vigencia de autorización administrativa para conducir, fuera conocedor el acusado, ya que no le fue notificada personalmente, se notificó en el domicilio donde vive el acusado, a su hermano, quien dijo en el acto de la vista oral, que Roberto, en esas fechas, no estaba en casa ya que se encontraba trabajando fuera de Zaragoza, regresando días más tarde, sin llegar a saber si éste la pudo leer.
    • En este caso, no ha quedado suficientemente acreditado el elemento subjetivo de lo injusto, el dolo, ya que la notificación de la JPT sobre la pérdida total de puntos, no se entregó personalmente al acusado, en el domicilio que designó en las actuaciones, sino a su hermano, tal y como consta en la copia del acuse de recibo obrante en autos, y éste último, dice que dejó la notificación en el lugar donde siempre dejan la correspondencia, y cuando su hermano volvió días después, no sabe que pasó, negando el acusado que hubiera tenido conocimiento de dicha notificación.

Jurisprudencia

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