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Casos de éxito

Demanda por impago de salarios tras conciliación sin avenencia. Sentencia condenatoria. Recurso de Suplicación y posterior desistimiento

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Demanda por impago de salarios tras conciliación sin avenencia. Sentencia condenatoria. Recurso de Suplicación y posterior desistimiento

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El caso

 



Supuesto de hecho.



Madrid, 22-11-2000

Doña Fátima lleva prestando servicios en la categoría de limpiadora para Doña Clara y Don Federico desde el 22 de noviembre del 2000, percibiendo la cantidad de 1.009,89 euros los meses de 30 días y 1.043,58 euros los meses de 31.

En marzo de 2013, Doña Clara y Don Federico cesaron en el abono del salario a su empleada, continuando ésta prestando sus correspondientes servicios hasta enero de 2014

El 16 de septiembre de 2013 se celebró un acto de conciliación entre empleadores y empleadas, concluyendo sin avenencia entre las partes.

Por ello, Doña Fátima interpone una demanda ante el Juzgado de lo Social de reclamación de cantidad por la cuantía que le adeudan los demandados por el tiempo en que ha realizado su efectivo trabajo sin percibir el salario correspondiente.


Objetivo. Cuestión planteada.

El objetivo de Doña Fátima es que el Juez condene a los demandados a abonarles la cuantía que le adeudan por los meses que ha prestado sus servicios sin percibir retribución alguna: 8.247,57 euros.

Además, solicita que se declare la extinción de la relación laboral entre Doña Fátima y los demandados Doña Clara y Don Federico, con su correspondiente indemnización por despido improcedente.


La estrategia. Solución propuesta.

El abogado acredita la antigüedad, categoría y salario devengado y no cobrado de la demandante.

Alega que el empresario tiene la obligación de pagar puntalmente la retribución y que, el incumplimiento o retraso en el pago determinará la posibilidad de solicitar la extinción del contato con la indemnización prevista para el despido improcedente.

 

El procedimiento judicial

 

Orden Jurisdiccional: Social
Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid
Tipo de procedimiento: Procedimiento Ordinario
Fecha de inicio del procedimiento: 09-10-2013

 

Partes

 

Parte Demandante:

  • Doña Fátima, empleada

Parte Demandada:.

  • Doña Clara y Don Federico, empleadores

 

Peticiones realizadas

 

Parte Demandante:

  • Que se condene a los demandados al abono del salario que adeudan: 1.009,89 euros mensuales correspondientes a los meses de abril, junio y septiembre, y 1.043,58 euros mensuales correspondientes a los meses de marzo, julio, agosto, octubre, noviembre, diciembre y enero (de 2014).
  • Que se declare extinguida la relación laboral entre la demandante y los demandados
  • Que se condene solidariamente a los demandados a indemnizar a Doña Fátima la cantidad de 19.262 euros más los intereses de demora

 

Argumentos

 

Parte Demandante:

  • La demandante lleva trabajando desde el 22 de noviembre del 2000
  • Desde el mes de marzo de 2013, los demandados no han abonado el salario correspondiente a su trabajadora, a pesar de haber seguido ésta prestándole sus servicios
  • Es obligación del empresario pagar puntualmente el salario del trabajador
  • El incumplimiento o retraso en el pago de la retribución determinará la posibilidad e pedir la extinción del contrato con la indemnización prevista para el despido improcedente

 

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Documental aportada

 

La parte demandante en su demanda aportó los siguientes documentos:

  • Copia de la presentación de la reclamación previa
  • Resolución desestimatoria de la misma

 

Prueba

 

Misma que la documental aportada

 

Resolución Judicial

 

Fecha de la resolución judicial: 15-09-2015

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
El Juez estima íntegramente la demanda formulada por Doña Fátima, declarando extinguida la relación laboral y condenando solidariamente a Doña Clara y a Don Federico a abonar a la actora la cantidad de 19.262, cuantía relativa al despido improcedente.

Además, condena a los demandados al abono de 8.247,57 euros por el salario adeudado, más 342 euros por intereses de demora.

Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
El Juez considera que los hechos declarados han sido probados por no resultar controvertidos y por no haber sido acreditado por parte de los demandados el pago de la retribución reclamada en la demanda.

Tal y como se argumenta en la demanda, el empresario tiene la obligación de pagar puntualmente a tenor del art. 26 y 29 ET, y el incumplimiento o retraso en el pago de la retribución determinará, en virtud del art. 50 ET, la posibilidad de pedir la extinción del contrato con la indemnización prevista para el despido improcedente.

 

Segunda instancia

 

Tipo de recurso: Recurso de suplicación
Recurrente: La parte demandada
Fecha del recurso: 31-10-2014 
Tribunal: Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sección Nº 3 de lo Social

 

Prueba

 

Misma prueba que en instancia

 

Documentación

 

  • Acuerdo extrajudicial

 

Resolución judicial del recurso

 

Fecha de la resolución judicial: 29-10-2014

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
La recurrente presenta, antes de que se dicte sentencia, un Escrito de Desistimiento por haber alcanzado un acuerdo extrajudicial los empresarios y la trabajadora, decretando extinguida la relación laboral con efectos de 31 de octubre del 2014 y acordando abonar a la demandante la cantidad de 21.000 euros, quedando ésta saldada en su totalidad con dicha cantidad y mostrando su consentimiento para que el Juzgado de lo Social proceda a emitir un mandamiento a su favor por el importe pactado.

 

Jurisprudencia

 

Jurisprudencia (Enlaces)

 

 

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Biblioteca

 

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