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Casos de éxito

División cosa común, disolución y extinción de la comunidad indivisa existente entre ambas partes en vivienda

"Ambas partes son propietarios por mitad y con carácter privativo de la vivienda en Getafe"

(Foto: E&J)

María Eugenia Ferrando Carretero

Socia-Directora en Robles Ferrando Abogados.




Tiempo de lectura: 5 min



Casos de éxito

División cosa común, disolución y extinción de la comunidad indivisa existente entre ambas partes en vivienda

"Ambas partes son propietarios por mitad y con carácter privativo de la vivienda en Getafe"

(Foto: E&J)

  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 20-11-2020
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Derechos reales / Derecho de propiedad / Comunidad de bienes
  • Número: 12390
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ACCIÓN DE DIVISIÓN COSA COMÚN, RECURSO DE APELACIÓN, VIVIENDA FAMILIAR
  • Documentalista: Marina González Núñez

Documentos originales presentados



(Foto: E&J)

El caso

  • Supuesto de hecho
Getafe, 11-11-2016

Ambas partes son propietarios por mitad y con carácter privativo de la vivienda en Getafe. Ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo para la extinción del condominio existente sobre esa vivienda, se solicitó en la demanda la división de cosa común procediéndose a la venta en pública subasta una vez declarada la indivisibilidad de esa finca.



Objetivo: cuestión planteada

Que se dicte Sentencia  por la que se declarase disuelta y extinguida la comunidad indivisa existente entre el actor y la demandada respecto de la vivienda, sacando dicho inmueble, si las partes no llegaren a un acuerdo en cuanto a su adjudicación a uno de ellos, a su venta en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, repartiéndose el precio obtenido entre ambos copropietarios con arreglo a su cuota de participación en el bien, con expresa condena en costas a la demandada.

La estrategia: solución propuesta

  • Probar que ambas partes son propietarios por mitad y con carácter privativo de la vivienda en Getafe.
  • Alegar que, ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo para la extinción del condominio existente sobre esa vivienda, es necesario que se declare la división de cosa común procediéndose a la venta en pública subasta una vez declarada la indivisibilidad de esa finca.

El procedimiento judicial

  • Orden Jurisdiccional: Civil
  • Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de 1ªInstancia e Instrucción de Getafe
  • Tipo de procedimiento: Procedimiento Ordinario
  • Fecha de inicio del procedimiento: 27-04-2016

Peticiones realizadas

Demandante

  • Que se dicte Sentencia  por la que se declarase disuelta y extinguida la comunidad indivisa existente entre el actor y la demandada respecto de la vivienda, sacando dicho inmueble, si las partes no llegaren a un acuerdo en cuanto a su adjudicación a uno de ellos, a su venta en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, repartiéndose el precio obtenido entre ambos copropietarios con arreglo a su cuota de participación en el bien, con expresa condena en costas a la demandada.

Demandada



  • Que se desestime la demanda.

Argumentos

Demandante

El demandante suplicaba que se dictara Sentencia conforme al suplico contenido en su demanda por la que se declarase disuelta y extinguida la comunidad indivisa existente entre el actor y la demandada respecto de la vivienda, sacando dicho inmueble, si las partes no llegaren a un acuerdo en cuanto a su adjudicación a uno de ellos, a su venta en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, repartiéndose el precio obtenido entre ambos copropietarios con arreglo a su cuota de participación en el bien, con expresa condena en costas a la demandada.



Demandada

La parte demandada se opone al considerar que al ostentar ésta la guarda y custodia sobre su hijo menor, con quien reside en la vivienda, constituye una carga que ha de ser respetada conforme a la jurisprudencia existente, interesando la desestimación de la demanda.

Normas y artículos relacionados

Resolución Judicial

Segunda instancia

  • Tipo de recurso: Recurso de apelación
  • Recurrente: Demandada
  • Fecha del recurso: 09-05-2018
  • Tribunal: Audiencia Provincial Civil de Madrid

Resolución judicial del recurso

Fecha de la resolución judicial: 20-11-2020

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 11 de noviembre de 2016, por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Getafe, por lo que se confirma dicha resolución, con expresa imposición de las costas procesales causadas en el presente recurso a la parte apelante.

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Lo que se interesó en esta alzada en el sentido de que se ampliase más allá de la mayoría de edad del hijo común esa atribución de uso resulta absolutamente improcedente puesto que el objeto de la presente litis aquí resuelta y analizada es únicamente la extinción del condominio, de forma que el único pronunciamiento que puede existir es el de acordar la disolución y proceder a la venta en pública subasta, siempre con respeto de los derechos reconocidos en el procedimiento matrimonial.

De modo que, como ha quedado expuesto, ni este tribunal tiene facultades para declarar extinguido ese derecho de uso de la vivienda reconocido al amparo del artículo 96 del Código Civil, ni tendría tampoco facultades para ampliarlo o modificarlo, pues eso es algo que, en su caso, sólo se podría hacer valer a través de los procedimientos correspondientes y ante el órgano que fijó esa medida en base al convenio.

Jurisprudencia

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Biblioteca

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