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Casos de éxito

La relevancia de una marca internacional registrada

"Para solicitar una Marca internacional es necesario tener previamente registrada una marca a nivel nacional o comunitario"

(Foto: E&J)

Francisco Barquín Domínguez

Doctor en Derecho, Abogado en Derecho de la Unión Europea y comercio exterior.




Tiempo de lectura: 4 min



Casos de éxito

La relevancia de una marca internacional registrada

"Para solicitar una Marca internacional es necesario tener previamente registrada una marca a nivel nacional o comunitario"

(Foto: E&J)

  • Materia: Derecho Mercantil
  • Especialidad: / Derecho Mercantil / Propiedad Intelectual e Industrial / Propiedad industrial
  • Número: 13531
  • Tipo de caso: Consulta
  • Voces: El ejercicio del Derecho de Marcas dentro de la Unión Europea. El uso de la marca dentro del Espacio Económico Europeo. El abuso en el ejercicio de los derechos de marcas. El agotamiento del Derecho de marcas dentro del territorio de los Estados miembros. Diferencias con el derecho de patentes. Jurisprudencia del TJUE., Derecho a la marca y Acción Reivindicatoria, Efectos y Derechos conferidos por la marca y la solicitud de registro de marca, El derecho de marcas y las cláusulas de los contratos para su explotación. Nacimiento de las obligaciones. Cláusulas válidas , El derecho de marcas y las cláusulas de los contratos para su explotación. Nacimiento de las obligaciones. Cláusulas válidas y nulas. Derecho de marcas y fraccionamiento de los mercados. Competencia desleal., El ejercicio del Derecho de Marcas dentro de la Unión Europea. El uso de la marca dentro del Espacio Económico Europeo. El ab, Extensión a la UE de Marcas Internacionales, La regulación de la unión Europea del derecho de Marcas. Las Directivas sobre Marcas. Tratados Internacionales en materia de Marcas. La Marca Comunitaria. La regulación unitaria en materia de reconocimiento y jurisdicción del Derecho de Marcas., MARCAS, Marcas Internacionales. Definición, PATENTES

Documentos originales firmados por el cliente

Consulta

Supuesto de hecho. Cuestión planteada



En esta Consulta se plantea la importancia del registro de una Marca, así como realizar dicho registro de forma internacional.

Solución propuesta

  • ¿Qué es una Marca? 

Una Marca es un título que concede el derecho exclusivo a la utilización de un signo para la identificación de un producto o un servicio en el mercado.



  • ¿Cómo se lleva a cabo el registro de una Marca Internacional? 

Para solicitar una Marca internacional es necesario tener previamente registrada una marca a nivel nacional o comunitario. El procedimiento se encuentra regulado por el Arreglo de Madrid y su Protocolo (Sistema de Madrid) pudiéndose obtener protección en muchos países depositando una sola solicitud en la OEPM para su traslado a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) con sede en Ginebra.

Sede de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. (Foto: Derechos de Autor)



Pero este tipo de registro de Marca no opera en todo el mundo, sino únicamente en los países integrados en el Sistema de Madrid, ya sea formando parte del Arreglo, del Protocolo o de ambos, por lo que no puede utilizarse el sistema para proteger la marca en países no miembros. Asimismo, pueden solicitar una Marca Internacional ante la OEPM las personas físicas o jurídicas que tengan nacionalidad española tengan su domicilio en España, o posean un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en el país.



Así como, el procedimiento tiene 4 etapas:

  1. Ante la OEPM como oficina de origen, en la que se recibe la solicitud y se hace un primer examen formal en el que se comprueba que todos los datos solicitados coinciden con los de la marca nacional que le sirve de base, remitiendo la autoridad nacional la solicitud a la OMPI.
  2. Ante la OMPI, en la que se hace un examen formal y se publica la Marca ya con número internacional, en la gaceta OMPI de Marcas Internacionales.
  3. Ante la Oficina Nacional de cada país solicitado, que recibe la designación de la OMPI.
  4. Finalmente, si en el plazo de doce meses -en caso del Arreglo- o de dieciocho -en caso del Protocolo- dichas Oficinas no se oponen al registro basándose en su derecho nacional, la Marca Internacional será registrada.

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