El Estado tiene competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia de acuerdo con el artículo 149 1.5.ª de la Constitución Española. Además, la regulación del régimen de acceso a la profesión de abogado y de procurador en España es una exigencia derivada de los artículos 17.3 y 24 de la Constitución: estos profesionales son […]