I.-Limitación del pago en efectivo: no podrán pagarse en efectivo operaciones iguales o superiores a 2.500 euros en las que intervenga, al menos, un empresario o profesional. La limitación no será aplicable a los pagos e ingresos realizados con entidades de crédito. Quienes incumplan la prohibición se enfrentarán a multas del 25 por 100 del […]