El artículo 100 del Reglamento Penitenciario de 1996 establece que, tras su ingreso en prisión, los penados serán clasificados en grados. Los grados serán nominados correlativamente, de manera que el primero se corresponda con un régimen en el que las medidas de control y seguridad serán más estrictas; el segundo con el régimen ordinario; y […]