Derecho a conocer los orígenes
Derecho a conocer los orígenes
(Imagen: E&J)
La Catedrática de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla, Dra. Dña. Cecilia Gómez-Salvago Sánchez afirma con claridad (RDP Año nº 101, Mes 3-4, 2017, pág 81) lo siguiente: «El conflicto entre el derecho de los padres biológicos a preservar su anonimato, el de los padres adoptivos a preservar su intimidad, y el de los adoptados a conocer sus orígenes, se resuelve a favor de los hijos sin excepción alguna».
La afirmación no puede ser más certera, pero la complicada textura legislativa ha exigido esta feliz contundente afirmación doctrinal de la Doctora.
Los derechos-deberes de familia, son tan graves y relacionados con el desarrollo, educación y formación de los ciudadanos, que en ningún caso deben obstar al ejercicio de aquellas facultades que condicionan la existencia, salubridad, formación y perfeccionamiento del ser humano. El interés de éste es preferente a secretismos que siempre deberían ceder a los derechos esenciales de todo hombre.
En ningún caso debe cercenarse el evidente derecho de todo ser humano a conocer quién es su padre o quién es su madre y éste derecho cabe ejercitarlo durante toda su vida. La jerarquía y prelación de intereses exige este respeto.
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José Juan Pintó Ruiz
Doctor en Derecho – Abogado
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