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Abogados vs. Notarios

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Abogados vs. Notarios

(Imagen: María Jesús del Barco)



El anteproyecto de Ley de la jurisdicción voluntaria otorga nuevas potestades y funciones a los notarios, y esto ha generado expectación e incertidumbre en la abogacía.
A propósito de esta cuestión, la redacción de Informativojuridico.com ha recabado las opiniones de los decanos de los Colegios de Abogados de España de lo que se adivina como un posible enfrentamiento entre abogados y notarios.

Enrique Valdés Joglar
Decano del Colegio de Abogados de Oviedo



“Siempre han existido conflictos entre profesiones “fronterizas”, pues cada una defiende su espacio. El Notariado, como la Abogacía, está pasando malos tiempos, muy distintos de aquellos en los que algunos fedatarios se resistían a realizar trabajos poco rentables, como algunas Actas de Notoriedad. De todas formas, pienso que los pequeños despachos de abogados viven fundamentalmente de los litigios y no de la consultoría o de la asesoría, aunque también las realicen, por lo que la incidencia económica de la campaña notarial será poco relevante.”

Milagros Fuentes González
Decana del Colegio de Abogados de Santa Cruz de la Palma



“Cada profesional debe asumir y desempeñar su cometido profesional, tal y como esta encomendado en las normas de nuestro Estado de Derecho.



La abogacía es una profesión libre e independiente que presta a la sociedad un servicio en interés público, como principal objetivo, «La tutela judicial efectiva de todos los ciudadanos» que nos reconoce y exige la Constitución Española.

Ellos tienen las suyas, magníficamente desempeñadas, que en modo alguno pueden delegar o ser asumidas por personal a su cargo, teniendo presente que las garantías de nuestro Estado de Derecho han de prevalecer en ambas actuaciones.”

Oriol Rusca Nadal
Decano del Colegio de Abogados de Barcelona

“No tiene por qué haberlo. Según el Reglamento Notarial, los Notarios, en tanto que son profesionales del Derecho, pueden asesorar a quienes reclaman su actuación y aconsejarles los medios jurídicos adecuados para el logro de los fines que se propongan alcanzar.

Pero hemos de entender que su ámbito de actuación se circunscribe al de su actividad, no a la que es propia de los Abogados, que pueden asesorar a cualquier persona en la defensa de derechos e intereses de manera mucho más amplia, negociando, reclamando o mediando y haciéndolo en muy diversos ámbitos del Derecho, además de poder representar a esa persona, en juicio y fuera de él.

El derecho de defensa corresponde ejercerlo exclusivamente a los abogados.”

Francisco Javier Lara Peláez
Decano del Colegio de Abogados de Valencia

“No creo que lo peor para los Abogados sea que los Notarios hayan diseñado una campaña mediática para “vender” a los ciudadanos su “función de consejo y asesoría gratuita e imparcial” (como expresamente reza la en la página web de Consejo General del Notariado) utilizados medios digitales como Twiter o Youtube, donde ya cuentan en con su canal de televisión, por cuanto la campaña de publicidad que pueda llevar a efecto el Consejo General del Notariado no tiene por qué generar controversia entre ambos colectivos, pues si bien es cierto que inicialmente pudiera atraer a un determinado y potencial número de clientes que eludan el asesoramiento de abogado, creo que a no demasiado largo plazo la realidad social por sí sola revertiría esa situación, pues el colectivo de Letrados es el que verdaderamente conoce los problemas que se suscitan día a día y puede realizar con eficacia una labor no solo de resolución del problema inmediato, sino de prevención de conflictos a futuro. Debemos confiar en el buen criterio de quien necesita consejo jurídico a la hora de dejarse asesorar por los profesionales en todas las áreas del Derecho.

En cualquier caso lo peor está por venir, entre otros, con el Anteproyecto ley de Jurisdicción Voluntaria, que pretende, sin ningún rubor, desjudicializar la justicia y ofrecer gran número de asuntos sin controversia a notarios y registradores; y, sin embargo, al ordenar los procedimientos referidos a la jurisdicción voluntaria que se mantienen en sede judicial, se hace posible que en 17, deje de ser necesaria la presencia de abogado y procurador.”

Mariano Durán
Decano del Colegio de Abogados de Valencia

“Entre notarios y abogados siempre ha existido una buena relación institucional y de hecho tuvimos una reunión recientemente en Madrid en la que quedó patente la voluntad de seguir colaborando. En mi opinión no somos oponentes, sino colaboradores. Es raro, casi inusual, que un cliente acuda sólo a la Notaría, sin un abogado, por lo que cualquier reforma que otorgue nuevas funciones a los notarios, debería contar con la opinión de la abogacía. Estoy convencido de que en Valencia los notarios seguirán en la línea de colaboración y buena relación con los abogados, que al mismo tiempo, somos sus principales clientes”

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