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Noticias Jurídicas

Anteproyecto de ley de protección a la infancia, omisiones importantes

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Anteproyecto de ley de protección a la infancia, omisiones importantes



El Consejo General del Poder Judicial avala incrementar el tiempo de prescripción de los delitos contra la infancia y la obligatoriedad de la prueba preconstituida en los casos de abusos a menores, como propone el anteproyecto de ley. Asociaciones por los derechos de la infancia apuntan que la ley no concreta algunos aspectos fundamentales ni acaba con el problema principal: no creer a las víctimas.

Aumentar el tiempo de prescripción de los delitos, obligatoriedad de la prueba preconstituida, acabar con el perdón como causa de la extinción de la responsabilidad penal. Son algunos de los cambios que contempla el Anteproyecto de ley de protección de la infancia y la adolescencia frente a la violencia que el proceso electoral dejó varado en el Congreso en enero y al que esta semana el Consejo General del Poder Judicial ha dado un empujón al emitir un informe favorable al pronunciarse sobre los asuntos que son de su incumbencia.



El CGPJ da así el visto bueno a incrementar de 13 a 16 años la edad de la víctima de los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales al igual que modificar el plazo de prescripción de los delitos de abuso sexual, entre otros, cuando la víctima es menor de edad, que comenzará a contabilizarse a partir del momento en el que la víctima cumpla 30 años —y no, como hasta ahora, cuando adquiera la mayoría de edad—.

También avala cambiar los requisitos para que el juez pueda rechazar el perdón al agresor como causa de extinción de la responsabilidad penal cuando la víctima es menor de edad o es una persona con discapacidad. El dictamen considera positivo que el anteproyecto deje en manos del juez la concreción de los derechos que deben subsistir si el condenado ha sido inhabilitado para el ejercicio de la patria potestad, previa valoración del superior interés del menor o persona con discapacidad.



El CGPJ ve con buenos ojos la introducción de nuevos tipos penales que castigan aquellas conductas que suponen un riesgo para la vida y la integridad de menores y personas con discapacidad mediante el uso de las nuevas tecnologías.



Entre los cambios más esperados en el entorno de las organizaciones por los derechos de la infancia, y que cuenta con el informe favorable del poder judicial está el carácter obligatorio de la prueba preconstituida cuando se trata de menores de 14 años o personas con discapacidad. Cuando se trate de mayores de 14 años, la conveniencia o no de la prueba preconstituida será opcional.

EVITAR LA REVICTIMIZACIÓN

Para una analista jurídica de derechos de infancia de Save the Children —una de las organizaciones que ha impulsado la redacción de esta ley desde la sociedad civil—, el pronunciamiento del CGPJ “es un impulso fundamental para una ley que se ha trabajado con dos gobiernos distintos y se quedó a las puertas de pasar a la última fase”.

Entre los cambios más significativos señala el de la obligatoriedad de la prueba preconstituida, que evitará que los menores de 14 años tengan que declarar “una y otra vez”. El informe de Save the Children Ojos que no quieren ver estimaba que, de media, las víctimas de abuso infantil se ven en la situación de tener que declarar cuatro veces en instancias judiciales. Este mismo informe concluye que en la mayoría de los procesos legales de abuso sexual a un menor de edad, el juez instructor considera que no hay pruebas suficientes para sacar conclusiones de ningún tipo, por lo que sobresee provisionalmente la causa, en teoría, a la espera de más pruebas.

“La prueba preconstituida es fundamental a la hora de prevenir la revictimización de niños y niñas en procesos judiciales”, explica Del Moral, que asegura que la fórmula se utiliza ya en algunos países del entorno. Así, por ejemplo, en los países nórdicos existen centros especializados donde se traslada a un menor cuando existe una sospecha de que es víctima de abusos. Es allí donde se hacen las pruebas y se recogen, y es esa documentación lo que se utiliza como prueba en todo el proceso.

Otro aspecto fundamental es el aumento de plazo de prescripción, un cambio con el que España cumpliría con la obligación contenida en una directiva de la Unión Europea de desarrollar medidas que permitan enjuiciar estas conductas “durante un periodo de tiempo suficiente”, después de que la víctima haya cumplido la mayoría de edad. Para Del Moral, “es un gran avance” porque es habitual que las víctimas tarden mucho tiempo en denunciar y no lo hagan hasta que no se han alejado de su agresor. “Esto supone acabar con la impunidad”.

Así lo corrobora Carme Tello, presidenta de la Federación de Asociaciones para la Prevención del Maltrato Infantil (FAPMI). “El problema principal era que al tener unos tiempos específicos y cortos para denunciar, muchas víctimas no podían ejercer su derecho de llevar su problema a los tribunales”, explica.

“Muchas veces la posibilidad de poder hablar y denunciar sus abusos sexuales puede tardar en el tiempo, hay que tener en cuenta que aproximadamente un 90% de los casos de abuso infantil los agresores son familia o personas conocidas con las que la víctima tiene una relación de confianza”, advierte Tello.

No obstante, hay aspectos que quedan sin resolver. Según Del Moral, el CGPJ no se pronuncia sobre un aspecto fundamental, que es el de la especialización de juzgados de violencia contra la infancia. El informe del CGPJ sí pide más claridad sobre creación de una jurisdicción especializada. Pero lo que pedían las organizaciones, explica la experta de Save The Children, es la creación de juzgados especializados como los que actualmente existen de Violencia de Género en los se garantice la formación específica en violencia contra la infancia, algo que no resuelve la ley y que Del Moral espera que se aborde en el periodo de enmiendas.

Otro aspecto sin aclarar tiene que ver con cómo actuar en los casos en los que además de una denuncia por abusos hay una por violencia de género. Así, dice Del Moral, la ley no especifica qué ocurre con el derecho de visitas cuando el agresor es el padre y existe una denuncia, pero no hay sentencia. “Eso habría que ver cómo solucionarlo porque ahora está bajo la potestad del juez, pero no siempre se toman las medidas adecuadas”. “Esta ley ayuda mucho, aunque siempre puede ser mejorada”, dice Tello.

VACÍOS E INCONCRECIONES

La Asociación Galega Contra o Maltrato a Menores (Agamme) comparte esta preocupación con la experta de Save the Children. Estrella Gómez Viñas, coordinadora de esta asociación, se remite a la queja se presentó en la Comisión de Peticiones de la Eurocámara en 2015, y que fue admitida en 2016. Entonces, Agamme recogía en esta petición tres preocupaciones en cuanto al tratamiento de los casos de abuso infantil en la justicia española: la falta de credibilidad de la declaración del menor en sede judicial, la vulneración de derechos para la víctima que supone el requisito del consentimiento de ambos progenitores para acceder a la asistencia psicológica y la aplicación del Síndrome de Alienación Parental (SAP) cuando la madre denuncia abusos hacia el menor por parte del padre.

Estos tres puntos, aduce Gómez Viñas, ni se resuelven ni se abordan en la ley de infancia. La obligatoriedad de la prueba preconstituida, explica la coordinadora de Agamme, “es importante pero no es lo único a lo que hay que atender”. “Si la persona que realiza la intervención no tiene unas pautas adecuadas lo único que vas a hacer es trasladar a todos los procedimientos posteriores una mala praxis”, lamenta.

Además, el texto no desarrolla los casos en los que el agresor es el padre, pese a que en estos casos concurren unas circunstancias que requieren un tratamiento específico, argumenta. “Nosotros propusimos, porque pensamos que en un tipo que debe ser analizado de forma diferente, que se incluyese el delito de abuso sexual incestuoso, pero no se aceptó”, recuerda.Gómez Viñas lamenta, sobre todo, la falta de concreción. “Lo que hace es endurecer penas, crear tipos penales nuevos… pero eso no resuelve el principal problema que es cómo se trata el testimonio infantil”, indica. “De nada sirve una ley que dice que el niño tendrá derecho a ser atendido por profesionales expertos si no explicas cómo se selecciona a ese personal ni qué características tendrán que tener”, explica. “Si no modificas las condiciones en las que testifica el niño y la entidad que se da a ese testimonio, no hiciste nada”.

Agamme ve en esta ley una oportunidad perdida de modificar las condiciones en las que testifican los niños, a quien de forma sistemática se les niega su derecho a ser escuchados, algo que se relaciona directamente con la aplicación del Síndrome de Alienación Parental: “Es una vulneración brutal de ese principio porque elimina la posibilidad de que el niño declare al convertir su testimonio en no válido”. “El problema a día de hoy es que se normalizó una práctica que es contraria a la normativa internacional de infancia”, dice aludiendo a la Circular 3/2009 de la Fiscalía General del Estado que invita a los y las Fiscales a desconfiar de las acusaciones de maltrato infantil en contextos de divorcio.

La presidenta de FAPMI también insiste en que el principal problema para los niños que denuncian abusos es ser creídos y asegura que son muchas “las presiones para que lo niegue aduciendo que va a destruir la familia”. “La nueva legislación ayudará a conservar los derechos, pero hay que continuar formando a jueces y abogados para que se creen tribunales específicos para este tema, del mismo tipo que los tribunales para la violencia contra la mujer”, insiste.

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