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Aprobada la Estrategia de Economía Social y modificados los reglamentos de la Inspección de Trabajo

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Aprobada la Estrategia de Economía Social y modificados los reglamentos de la Inspección de Trabajo



Su redacción ha estado coordinada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social incorporando propuestas de todos los ministerios, comunidades autónomas, entidades locales, organizaciones empresariales y sindicales, así como las de entidades representativas del sector.

Una vez finalizado el periodo de vigencia del Programa de Fomento e Impulso de la Economía Social 2015-2017, el Gobierno aprueba esta Estrategia para abordar con mayor profundidad los cambios emergentes, el reto de la globalización, la era digital, el envejecimiento poblacional y la inclusión social.



Con la Estrategia, el Gobierno da un nuevo impulso a un sector que, según las asociaciones más representativas, representa un 12,5% del empleo y un 10% del PIB, y que ha demostrado ser pionero en la recuperación y el crecimiento económico sostenible en España, basándose en los principios de igualdad, solidaridad, compromiso con el desarrollo local y respeto al medioambiente.

En concreto, la Estrategia 2017-2020 contiene acciones dirigidas a la creación de empleo y de apoyo en el ámbito de la economía social, como la realización de análisis sobre el sector; la generación de incentivos tanto al empleo estable como al emprendimiento en este modelo empresarial; y una mayor presencia en sectores de actividad y de prestación de servicios vinculados a los pilares del Estado del Bienestar, como el del ámbito de la dependencia.



En la línea seguida en los últimos años, se seguirá potenciando la labor de los Centros Especiales de Empleo, de las Empresas de Inserción y de las Cooperativas de Iniciativa Social, para facilitar las posibilidades de inserción laboral de aquellos colectivos que presentan mayores dificultades de empleabilidad. La partida destinada al Programa de Oportunidades de Empleo para Personas con Especiales Dificultades es la que más ha crecido en materia de políticas activas desde 2012, con un incremento del 82,17%.



Según Empleo, uno de los elementos más novedosos de esta Estrategia es la habilitación del Registro Telemático de Cooperativas de Ámbito Estatal, con el fin de eliminar trabas administrativas y agilizar la relación entre los ciudadanos y el Registro de Cooperativas. Asimismo, el documento avanza en medidas que puedan facilitar el relevo generacional apoyando la transformación de empresas mercantiles ordinarias en entidades de la economía social.

Asimismo, la Estrategia Nacional de Economía Social 2017-2020 da respuesta a una demanda histórica del sector y da un primer paso para crear el primer catálogo nacional de las entidades de la economía social, que se elaborará en coordinación con las comunidades autónomas.

Además, el Gobierno aprobará una Orden Ministerial para crear un ‘Sello de Entidad’ de la Economía Social, que distinguirá a todas y cada una de las empresas que conforman el sector, y así dotarlas de una mayor visibilidad de manera que sean reconocidas por la sociedad en su conjunto.

Otra de las novedades en este sentido es la creación de un certificado de profesionalidad específico para la puesta en marcha y gestión de entidades de la economía social dentro del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Igualmente, se institucionalizará el Día Europeo de las empresas de la Economía Social.

La Estrategia también promueve mecanismos comunes de coordinación en favor de la economía social y de su internacionalización entre los estados miembros, así como con países no pertenecientes a la UE, especialmente con Iberoamérica y del Mediterráneo. Para ello, se prevé la puesta en marcha de iniciativas de impulso, asistencia y asesoramiento para que las entidades de la economía social vean la salida al exterior como una oportunidad de negocio y de expansión.

Por otro lado, el Consejo de Ministros ha aprobado, también a propuesta de la titular de Empleo y Seguridad Social el Real Decreto que modifica dos reglamentos en materia de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de 4 de febrero de 2000 (LA LEY 728/2000), y el Reglamento sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de Orden Social, de 14 de mayo de 1998.

La norma aprobada este viernes tiene por objeto adaptar ambos reglamentos a una de las principales novedades que introdujo la Ley Ordenadora del Sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de 21 de julio de 2015, que fue la creación de dos escalas especializadas dentro del Cuerpo de Subinspectores Laborales, la ya existente de Empleo y Seguridad Social aumentando las funciones de los subinspectores y la nueva escala de Seguridad y Salud laboral creada por la citada Ley.

Según Empleo, el objetivo de la creación de estas dos escalas especializadas fue aumentar y reforzar las actuaciones de la Inspección, tanto en materia de prevención de riesgos laborales como en materia laboral y de contratación.

Con estas medidas se persigue, por un lado, reforzar e incrementar la capacidad y eficacia en la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en lo relativo a la preservación de la seguridad y la salud de los trabajadores y, por otro, evitar el fraude en la contratación, «los dos pilares más importantes de la calidad en el empleo».

Así, la función de los subinspectores de Seguridad y Salud irá dirigida, fundamentalmente, a la comprobación de que las condiciones materiales en las que tiene lugar la prestación de servicios se ajustan a la normativa preventiva en materia de condiciones de trabajo, equipos, herramientas, productos y sustancias existentes en los centros de trabajo (especialmente aquellos que conllevan riesgos específicos, como es el caso de agentes físicos, químicos o biológicos), medidas de protección tanto individuales como colectivas y reconocimientos médicos.

La ampliación de las funciones de los subinspectores de Empleo y Seguridad Social, por su parte, incluye competencias en materia de modalidades contractuales, contratos de duración determinada y contratos temporales celebrados en fraude de ley y en materia de trabajo de menores.

En ambos casos, la actuación de los subinspectores incluye, junto a la actividad sancionadora, la de informar y asesorar a trabajadores y empresarios, especialmente en el caso de pequeñas y medianas empresas.

 

Fuente: Europa Press

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