Arrendamiento de viudos: el TS zanja discusiones entre Audiencias.
Arrendamiento de viudos: el TS zanja discusiones entre Audiencias.
El TS dicta una sentencia en la que zanja las posiciones contradictorias de las Audiencias en torno
Asegura que el contrato concluido por uno de los cónyuges constante el matrimonio no forma parte de la sociedad de gananciales y se rige por lo dispuesto en la Ley de Arrendamientos Urbanos. En consecuencia, si el viudo quiere continuar con el alquiler de la vivienda, debe subrogarse conforme a las prescripciones de esta ley.
Así lo determina una STS de 3 de abril de 2009.
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