¡Atención! Se introduce cambios para interponer y aceptar una demanda ante el TEDH
¡Atención! Se introduce cambios para interponer y aceptar una demanda ante el TEDH
Eliseo M. Martínez, socio director, Alicia Agüero, of counsel, y Juan Pablo Tejero, responsable del área procesal civil, mercantil y de acciones colectivas. (Imagen: cesión propia)
El 1 de enero de 2014, entró en vigor la nueva Norma 47 de las Normas del TEDH que introduce dos novedades a la hora de interponer una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
El primer cambio significativo es que a la hora de interponer el formulario de la demanda ante el Tribunal, este, debe ir acompañado de copias de todos los documentos relevantes, en caso contrario, podrá ser rechazado por el tribunal.
Además, se establece que la interrupción del periodo en el cual el recurso se tendrá que interponer ante el TEDH, es decir, los 6 meses siguientes a la decisión del tribunal nacional, solo puede ser interrumpido según las condiciones reguladas en la Norma 47.
PARA MÁS INFORMACIÓN; http://www.echr.coe.int/Pages/home.aspx?p=applicants/ol&c
Suscríbete a nuestra
NEWSLETTER
Prisión para un padre que se quedó con la indemnización concedida a su hijo tras el fallecimiento de la progenitora
Ver la noticia completa →
Nulo el despido de una trabajadora por ir a hacer la compra mientras se encontraba de baja médica por haber sufrido un infarto cerebral
Ver la noticia completa →

