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Condenada una empresa de trasportes por la omisión de toda medida de seguridad destinada a evitar caídas

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Condenada una empresa de trasportes por la omisión de toda medida de seguridad destinada a evitar caídas



La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado que Metro de Madrid debe indemnizar con 293.000 euros a un joven que perdió las dos piernas al caer entre dos vagones a las vías del metro de la estación de Ópera en 2006 y al ser arrollado por un tren.

La sentencia rechaza los recursos tanto de Metro como del accidentado contra la sentencia de la Audiencia de Madrid.



Para el Supremo, existe responsabilidad de Metro de Madrid «por la omisión de toda medida de seguridad destinada a evitar la caída a las vías por el hueco existente entre vagones». Considera que «era un riesgo cualificado, previsible y evitable». Sin embargo, también rechaza el recurso de la persona que sufrió el accidente, ya que la responsabilidad de Metro no excluye la suya, porque, como dijo la sentencia de la Audiencia, tuvo un despiste y una confusión que le llevaron a caer.

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