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El Auto que espolea al sector de la Hostelería

"A grandes rasgos, lo que viene a explicar el Auto es que no se ha podido demostrar un nexo causal entre la apertura de los negocios hosteleros y el aumento en la Tasa de Incidencia"

(Diseño: Cenaida López/E&J)

Pablo Capel Dorado

Director general de Economist & Jurist Group




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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El Auto que espolea al sector de la Hostelería

"A grandes rasgos, lo que viene a explicar el Auto es que no se ha podido demostrar un nexo causal entre la apertura de los negocios hosteleros y el aumento en la Tasa de Incidencia"

(Diseño: Cenaida López/E&J)

No se ha podido demostrar un nexo causal entre la apertura de los negocios hosteleros y el aumento en la Tasa de Incidencia



El sector hostelero está de enhorabuena: un Auto del TSJ del País Vasco acaba de adoptar una medida cautelar por la cual se suspenden dos preceptos de sendos decretos autonómicos (Decreto 44/2020 y Decreto 4/2021), ambos lesivos para los intereses del sector en dicha Comunidad.

Tasa de incidencia menor de 500 por 100.000 habitantes

El Decreto 44/2020 de 10 de diciembre de 2020 reza en su artículo 9.1 que podría “procederse a la reapertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración” si la tasa de incidencia acumulada es inferior a “500 por cada 100.000 habitantes”. Así, explica el magistrado Luis Ángel Garrido Bengoetxea en el Auto de 9 de febrero de 2021, que “el interés general de no favorecer la transmisión del virus se respeta ya que las medidas adicionales impuestas por el Decreto 44/2020 hicieron que la apertura de la hostelería no generase subida de contagios”.



A grandes rasgos, lo que viene a explicar el Auto es que no se ha podido demostrar un nexo causal entre la apertura de los negocios hosteleros y el aumento en la Tasa de Incidencia, ya que la incidencia mínima del virus se produjo el 27 de diciembre de 2020, cuando la hostelería llevaba abierta 15 días. Aunque no sea este un período muy amplio para evaluar la relación causal contagios/hostelería, lo que sí demuestra es que la actividad hotelera no tiene por qué repercutir negativamente en el número de contagios.

En cualquier caso, el cierre de los establecimientos hosteleros supone un notable menoscabo en la productividad del sector, altamente resentido por las limitaciones y, al no quedar demostrada la causalidad entre la apertura de los negocios y el aumento de la tasa de contagios, podemos colegir que el daño producido al sector de la hostelería puede ser, sencillamente, gratuito.



La hostelería está siendo el sector más resentido por la pandemia (FUENTE: Economist & Jurist)



La medida cautelar: la reapertura

Por lo anterior, el Auto estima la reapertura de los establecimientos hosteleros; eso sí, atendiendo a lo dispuesto al propio Decreto 44/2020, de 10 de diciembre, que en su apartado 9.3 dispone que dichos establecimientos habilitados para su reapertura “podrán ofrecer el servicio en sus terrazas al aire libre y tendrán en su interior restringida la disponibilidad en un cincuenta por ciento del aforo máximo”, además de guardar el correspondiente “metro y medio” entre personas sentadas en mesas diferentes, unido al hecho de prohibir ex profeso la consumición de pie o en barra, debiendo realizarla “sentadas en mesa”.

Entendemos que pese a la pauta y protocolo exigido de reapertura, estas medidas, aunque limitativas, sí son asumibles por un sector cada vez más resentido por los efectos de la pandemia.

Un soplo de aire para un sector desesperado

Esta resolución judicial ha insuflado algo de esperanza para un sector que prepara alrededor de 2.000 demandas contra el Estado solicitando responsabilidad patrimonial; demandas que, con mucha expectación, serán canalizadas por unos tribunales cada vez más adaptados -jurídica y técnicamente- a la contingencia de la pandemia.

En efecto, el Auto del TSJ del País Vasco está espoleando a un sector que ahora parece organizarse conjuntamente y adoptar una estrategia unificada de reclamación dineraria. Despachos como Cremades & Calvo Sotelo planean representar al gremio reclamando por responsabilidad patrimonial tanto al Estado central como a las distintas Comunidades Autónomas que, a su juicio, han actuado de forma negligente causando un daño innecesario al sector más devastado por la pandemia.

Las demandas serán presentadas directamente ante la sala tercera de lo Contencioso/Administrativo del Tribunal Supremo. Nuestro sector y la sociedad española se mantiene en vilo ante la que probablemente sea el asunto más controvertido -desde el punto de vista judicial-, ya que apunta directamente a la mala praxis de los distintos ejecutivos, pudiendo además esquilmar el erario de una cada vez más resentida Administración Pública.

Sala Tercera de lo Contencioso del Tribunal Supremo (Foto: Economist & Jurist)

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