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El  CGPJ retira del orden del día la votación de nombramientos discrecionales

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El  CGPJ retira del orden del día la votación de nombramientos discrecionales

  • Por razones de prudencia ante la confirmación de la existencia de negociaciones entre los grupos parlamentarios para la renovación del órgano de gobierno de los jueces


Madrid, 28 de julio de 2020.-

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy retirar del orden del día el debate y votación de los cinco nombramientos discrecionales que figuraban entre los asuntos a tratar en la reunión de hoy, correspondientes a tres plazas de magistrado/a de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, a la presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y a la presidencia de la Audiencia Provincial de Ourense.



La decisión se ha tomado por razones de prudencia ante la confirmación de la existencia de negociaciones entre los grupos parlamentarios para la renovación del órgano de gobierno de los jueces, cuyo mandato venció el 4 de diciembre de 2018. El pasado mes de enero, el Pleno del CGPJ ya decidió paralizar el nombramiento de cargos judiciales en la confianza de una pronta renovación de la institución, una vez constituidas las Cámaras después de las últimas elecciones generales y formado Gobierno.

El acuerdo de retirar del orden del día los nombramientos ha sido aprobado con 16 votos a favor y cinco en contra, los de los vocales Carmen Llombart, Nuria Díaz, Ángeles Carmona, Mar Cabrejas y Wenceslao Olea. Llombart ha anunciado la formulación de un voto particular, al que se han adherido Díaz y Carmona.



Desde la finalización en diciembre de 2018 del mandato del órgano de gobierno de los jueces, el presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, se ha dirigido por carta en cuatro ocasiones a los presidentes del Congreso y del Senado instándoles a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 568 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que establece que los presidentes de ambas Cámaras deben adoptar las medidas necesarias para que la renovación del Consejo General del Poder Judicial se produzca en plazo.



Fuente: Poder Judicial.
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