Connect with us
Noticias Jurídicas

El secreto profesional y el caso Garzón marcan el primer gran debate en las Juntas de la Abogacía

Gómez Bermúdez nos recordaba que el Comité de Derechos Humanos de la ONU "no es una pachanga" y que de él forman parte juristas de elevada reputación

(Diseño: Cenaida López/E&J)

Pablo Capel Dorado

Director general de Economist & Jurist Group




Tiempo de lectura: 3 min



Noticias Jurídicas

El secreto profesional y el caso Garzón marcan el primer gran debate en las Juntas de la Abogacía

Gómez Bermúdez nos recordaba que el Comité de Derechos Humanos de la ONU "no es una pachanga" y que de él forman parte juristas de elevada reputación

(Diseño: Cenaida López/E&J)



El nuevo Estatuto General de la Abogacía (EGAE), operativo desde el pasado uno de julio, introdujo una exhaustiva regulación del secreto profesional en el ramo, reforzándose con más celo la seguridad de las comunicaciones entre abogado y cliente.

Si esto es objeto, por sí mismo, de debate, lo es aún más después del Dictamen emitido por el Comité de Derechos Humanos de la ONU, en el cual se incrusta como cuestión de fondo la del secreto profesional, al evaluar la sentencia que inhabilitó a Baltasar Garzón allá por 2012, cuando se interceptaron de forma ilegal conversaciones entre algunos implicados en la trama Gürtel y sus respectivos letrados.



Por ello, la primera gran cita («El refuerzo del secreto profesional») de estas Jornadas de las Juntas de Gobierno de la Abogacía Española ha virado en torno al caso de Garzón, y sobre él se ha construido el debate.



¿Quién es el titular del secreto profesional: el cliente o el ciudadano?

Esta interpelación al foro dibujó las aristas de las primeras discrepancias entre los ponentes. Después de la presentación del presidente de la Mutualidad, Enrique Sanz Fernández-Lomana, se encendió el punto de ignición con Jesús Remón (Uría Menéndez) quien manifestó que nos encontramos no ante una regla, sino a un principio que «sirve al interés general del proceso». Y trajo a colación, y con tino, la STS 451/2018, de 10 de octubre («el derecho trasciende del abogado y se extiende a las personas que dispusieron de su asistencia profesional»).

De izqda a dcha: Javier Gómez-Bermúdez, Enrique Sanz, Jesús Remón y Cristóbal Martorell (Foto: Abogacía Española)



Fue Cristobal Martell (Martell Abogados) quien, salomónico, negó que la titularidad del derecho al secreto profesional fuera excluyente: «La titularidad no corresponde de manera excluyente a una de las partes (letrado y cliente)», sino que se comparte, dejando entrever por ende que el cliente no tiene preeminencia en la titularidad del derecho con respecto al abogado. También mostró su preocupación «por un juicio hiperbólico del secreto profesional del abogado», que aplicado en exceso ni siquiera permitiría trasladar la experiencia profesional de un caso a otro futuro.

«El titular es sin duda el cliente». Así detonaba Javier Gómez Bermúdez el debate. Para el exmagistrado de la Audiencia Nacional y actual ejerciente en Ramón y Cajal Abogados, este sería «un derecho subjetivo de alcance público», que, entendemos, vendría a proteger el principio de tutela judicial efectiva y en mayor medida el derecho de defensa del cliente que el de la privacidad del abogado.

Disertaron sobre lo difícil de delimitar los supuestos en los que se podrían intervenir las comunicaciones entre abogado y cliente y la contradicción que supone que en algunos supuestos se permita «la recogida por arrastre«: no se permite la intervención directa del letrado pero sí de su entorno.

Y por supuesto hablaron de Garzón y el Dictamen de marras. En este hilo, Gómez Bermúdez nos recordaba que el Comité de Derechos Humanos de la ONU «no es una pachanga» y que de él forman parte juristas de elevada reputación. Pero que, efectivamente, sus resoluciones, más que vinculación jurídica, tienen «alcance y trascendencia política». El exmagistrado, conciso y en ocasiones lapidario, encontró respuesta en un lúcido Martell que no mostraba mucha preocupación por un órgano al que los tribunales españoles no han de someterse. Remón, de igual modo, mostraba cierto recelo en esta resolución internacional y alineamiento con la sentencia que en su día inhabilitó al juez.

Y la jornada, de secretos a garzones, de ponencias y talleres, sigue el curso de la Ría hasta orillar en el viernes, día del punto y final de estas VIII Jornadas de la Junta de Gobierno de la Abogacía Española.

1 Comentario

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *