El Tribunal Supremo aclara el plazo de prescripción en los gastos hipotecarios: una victoria para los consumidores
Este fallo judicial supone una nueva condena para el BBVA

(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo aclara el plazo de prescripción en los gastos hipotecarios: una victoria para los consumidores
Este fallo judicial supone una nueva condena para el BBVA

(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, ha dictado el Auto 180/2025, de 2 de octubre (ATS 8837/2025), en el marco de un litigio entre dos consumidores y el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), que constituye un nuevo hito en la jurisprudencia sobre las cláusulas de gastos hipotecarios.
El origen del caso
En 2002 y 2006, Avelino y Esther firmaron sendos contratos de préstamo hipotecario con el BBVA. En ambos se incluía la conocida cláusula de atribución de gastos, que imponía a los prestatarios el pago íntegro de notaría, registro y demás costes de constitución y novación del préstamo.
En 2018, los consumidores demandaron al banco reclamando la nulidad de dichas cláusulas y la restitución de las cantidades abonadas.
En Primera Instancia (JPI n.º 17 de Palma de Mallorca, 2019): se declaró la nulidad de las cláusulas, pero se limitó la devolución de cantidades, considerando prescrita la reclamación relativa al préstamo de 2002. Y en segunda instancia (AP Palma, 2020) la Audiencia confirmó esa interpretación, señalando que el plazo de prescripción debía computarse desde el momento en que se realizaron los pagos.
El recurso de casación
Ante esta decisión, los consumidores interpusieron recurso de casación. Durante su tramitación, el banco primero consignó voluntariamente las cantidades reclamadas (para alegar satisfacción extraprocesal) y finalmente se allanó a las pretensiones de la parte demandante.
El Supremo debía pronunciarse, en consecuencia, sobre dos cuestiones clave: el efecto del allanamiento en casación y el dies a quo del plazo de prescripción para reclamar los gastos hipotecarios.

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La doctrina del Supremo
El Alto Tribunal recuerda dos principios fundamentales:
- Efecto del allanamiento (art. 21 LEC): el allanamiento del demandado, incluso en fase de casación, obliga al tribunal a estimar las pretensiones del actor, siempre que no haya fraude de ley o perjuicio a terceros.
- Plazo de prescripción (STS Pleno 857/2024, de 14 de junio): salvo que el banco pruebe que el consumidor conocía antes la abusividad de la cláusula, el plazo de prescripción de la acción de restitución de gastos hipotecarios comienza a contar desde la firmeza de la sentencia que declara nula la cláusula.
En aplicación de esta doctrina y del art. 487.1 LEC (reformado por el Real Decreto-ley 5/2023), el Tribunal Supremo casó la sentencia de la Audiencia Provincial y devolvió el asunto para que dicte nueva resolución conforme a esta línea jurisprudencial.
Este auto tiene importantes repercusiones: porque refuerza la protección de los consumidores. Evita que se frustre la restitución por prescripción prematura, asegurando que el plazo empiece a correr solo cuando la cláusula ha sido declarada nula judicialmente, por otro lado, consolida el allanamiento como vía de terminación procesal también en casación, lo que agiliza los procedimientos y evita litigios innecesarios y asimismo uniformiza la doctrina jurisprudencial, corrigiendo interpretaciones dispares en audiencias provinciales sobre el cómputo de la prescripción.
En resumen
El Auto 180/2025 no solo da la razón a Avelino y Esther frente al BBVA, sino que consolida una línea jurisprudencial de enorme trascendencia social ya que miles de consumidores que suscribieron préstamos hipotecarios podrán reclamar la devolución de los gastos indebidos sin que se les oponga, de forma automática, la prescripción.
Se trata, en definitiva, de un paso más en la consolidación de un marco jurídico que refuerza la transparencia bancaria y el equilibrio contractual entre entidades financieras y consumidores.
