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Entra en vigor la ley catalana que modifica los impuestos de sucesiones y donaciones, patrimonio, transmisiones, y actos jurídicos documentados

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Entra en vigor la ley catalana que modifica los impuestos de sucesiones y donaciones, patrimonio, transmisiones, y actos jurídicos documentados

Se trata la Ley 2/2016, de 2 de noviembre, de modificaciones urgentes en materia tributaria. (LA LEY 17279/2016) Los cambios afectan al impuesto de sucesiones y donaciones; al de patrimonio; al de transmisiones y actos jurídicos documentados, y al de emisión de óxido de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial -este entrará en vigor el 1 de enero de 2017.
La ley también contiene un punto sobre comunicación de datos de trascendencia tributaria obtenidos por las administraciones locales a la Agencia Tributaria de Catalunya (ATC) para mejorar la lucha contra el fraude fiscal.
Estas modificaciones se incluían en la ley de acompañamiento de los Presupuestos de 2016, que no prosperó porque el conjunto de la oposición rechazó las cuentas, lo que entonces hizo que el presidente Puigdemont convocara una cuestión de confianza.
Cambios introducidos
El cambio en el impuesto de sucesiones y donaciones y también el del patrimonio busca permitir que los beneficios fiscales previstos para los patrimonios protegidos de acuerdo con la normativa estatal resulten también de aplicación en los constituidos por el derecho civil catalán.
Sobre el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, se busca descongestionar los juzgados de familias potenciando la vía notarial, ya que se prevé la aprobación de la bonificación sobre las escrituras públicas de separación o divorcio cuando se oficialice ante notario.
El impuesto sobre emisiones de la aviación incluye tres cambios relevantes para evitar que sea considerado como ayuda de Estado por la UE: se aplicará también a los vuelos de mercancías -que estaban exentos-; se suprime la base imponible de 20.000 vuelos anuales realizados, y se cambia el gravamen a un único tipo impositivo de 2,5 euros por kilogramo de óxido emitido.
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