Es posible acceder a la jubilación pese a tener una deuda con Seguridad Social derivada de una responsabilidad empresarial
Un ciudadano logra jubilarse a pesar de que acumula una deuda superior a 272.000 euros con la Tesorería General de la Seguridad Social
(Imagen: E&J)
Es posible acceder a la jubilación pese a tener una deuda con Seguridad Social derivada de una responsabilidad empresarial
Un ciudadano logra jubilarse a pesar de que acumula una deuda superior a 272.000 euros con la Tesorería General de la Seguridad Social
(Imagen: E&J)
Un hombre ha conseguido acceder a la jubilación a pesar de que tenía deuda, derivada de una responsabilidad empresarial, de 272.647 euros con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Este caso pone de relieve que la legislación española dispone de mecanismos legales para proteger a quienes han actuado de buena fe y necesitan una segunda oportunidad para empezar de nuevo, como es el caso de aquellos autónomos y pequeños empresarios que se encuentran atrapados por derivaciones de responsabilidad vinculadas a las deudas acumuladas por empresas de las cuales fueron administradores.
Esto fue lo que le ocurrió al protagonista de este litigio, quien aceptó figurar como administrador único de una empresa entre 2008 y 2010 bajo la promesa de que obtendría trabajo y sin conocer realmente las obligaciones y responsabilidades que implicaba asumir dicho cargo. En esos dos años que ocupó el cargo de administrador único, la mercantil generó una deuda superior a 351.000 euros, de los cuales 272.647 euros correspondían a la TGSS.

(Imagen: E&J)
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A raíz de esta situación, el hombre tuvo que recurrir a pequeños préstamos para poder llegar a fin de mes y afrontar sus gastos básicos, ya que sus ingresos fueron embargados debido a las deudas acumuladas. Con el paso del tiempo, la situación se volvió completamente insostenible, motivo por el cual buscó una solución en la Ley de la Segunda Oportunidad. Además, a ello se sumó que en el momento de iniciar los trámites para acceder a la jubilación, la Seguridad Social le comunicó que no podía jubilarse debido precisamente a esa derivación de responsabilidad pendiente.
Para solucionarlo el actor comenzó a trabajar para desbloquear el acceso a la jubilación y, al mismo tiempo, inició el procedimiento para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad al tratarse de un deudor de buena fe. De este modo, se le tramitó la solicitud de jubilación y tras el pago de una pequeña cantidad correspondiente a cuotas de autónomo, recientemente está jubilado, percibiendo su pensión y los atrasos de la misma.
No obstante, pese a haber logrado el reconocimiento de la jubilación, el procedimiento concursal todavía sigue abierto. Según ha podido conocer E&J, el despacho Bergadà Abogados ya ha solicitado la exoneración total del pasivo insatisfecho mediante la Ley de la Segunda Oportunidad, con el objetivo de que su cliente pueda liberarse definitivamente de la deuda acumulada. En un primer lugar le fue concedida, pero aplicando el límite de 10.000 euros.
“Tras la sentencia del Tribunal Supremo de 18 de febrero, lograda por esta boutique legal concursal, además de poder acceder a la exoneración de las deudas, pese a haber sido objeto de derivación, se le ha conseguido exonerar intereses y recargos. Todo y con ello, los abogados de Bergadà, no están satisfechos y seguirán luchando para intentar lograr la exoneración del 100% de la deuda pública”, han señalado desde el despacho.
Por su parte, la abogada y socia fundadora de la firma legal, Marta Bergadà, ha indicado que en este momento su cliente ya se ha podido jubilar y está cobrando su pensión, “teniendo una deuda muy elevada con la Seguridad Social debido a la derivación de responsabilidad, y eso es muy importante. Sin embargo, seguiremos luchando por su derecho a la plena exoneración de las deudas”.
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