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La firma

Justicia 4.0; ¿cómo actuar en los juicios telemáticos?

Salvador Silvestre

Socio en ECIJA




Tiempo de lectura: 3 min

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Justicia 4.0; ¿cómo actuar en los juicios telemáticos?



Se atribuye a Alexander Graham Bell la frase que, en mi opinión, resume la oportunidad que representa la posibilidad de celebrar juicios telemáticos y la digitalización de la Justicia: “Cuando una puerta se cierra, otra se abre; pero muchas veces miramos por tanto tiempo y con tanto pesar a la puerta cerrada, que no vemos la puerta que se nos ha abierto.”

Si bien el Art. 229 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ya preveía, desde su reforma de operada por la LO 19/2003, de 24 de octubre, la posibilidad de realización telemática de actuaciones procesales: declaraciones, interrogatorios, testimonios, careos, exploraciones, informes, ratificación de los periciales y vistas… la práctica real evidenciaba que este tipo de actuaciones telemáticas no se estaban prodigando cuando existía tecnología abundante que permitía su realización.



La Pandemia de la COVID-19 ha golpeado nuestra realidad de forma tan intensa que todos somos conscientes de que nada será exactamente igual. Consecuencia de todo ello, en España, el RDL 16/2020, de 28 de abril estableció que la forma telemática sea el modo preferente de celebración de las actuaciones judiciales durante el estado de alarma y los tres meses posteriores siempre que los Juzgados, Tribunales y Fiscalías tengan a su disposición los medios técnicos necesarios para ello.

Salvando los talones de Aquiles, dudas y sombras que la celebración de vistas telemáticas indudablemente tiene, y que no en todos los órdenes judiciales y actuaciones tendrá la misma utilidad ni garantías, el objetivo de este artículo es proactivo, en el sentido de que lo que nos interesa es conocer qué debemos hacer para estar mejor preparados para la celebración de cualquier vista telemática.



1.- Conocimiento profundo de las guías del Consejo General del Poder Judicial y del Ministerio de Justicia.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ofrece pautas y recomendaciones para conciliar la aplicación preferente de estos medios tecnológicos al proceso con el pleno respeto a los principios y garantías que establecen las leyes. No se presenta como un texto definitivo, sino como un avance provisional para dar respuesta a las necesidades más inmediatas que se prevé que se van a plantear.



Esta guía distingue entre las actuaciones judiciales internas (referidas a la actividad de los tribunales en las que no participan ni ciudadanos ni operadores jurídicos, p.ej las deliberaciones de los tribunales)  de las externas (referidas a la actividad de los tribunales en las que participan ciudadanos y/o operadores jurídicos).

Respecto a las actuaciones externas hay que resaltar que los Jueces y Tribunales procurarán que quede preservada su confidencialidad, así como salvaguardadas las garantías de defensa, intangibilidad de los medios de prueba y publicidad.

Asimismo, aborda cuestiones fundamentales como son el lugar y la forma en la que pueden celebrarse estas actuaciones telemáticas.

Pese a la provisionalidad de la Guía, solo una buena comprensión de la misma nos permitirá estar en la mejor disposición para celebrar vistas de forma telemática.

2.- Solvencia en el uso de las tecnologías y plataformas que vas a utilizar.

Familiarizarse con las plataformas de videoconferencia resulta indispensable. Hasta ahora se estarían utilizando en los Juzgados hasta 5 plataformas diferentes: Zoom, Skype, Avantius, Circuit y WebEx. Para ello, practicar con algún compañero con las versiones gratuitas de estas plataformas puede resultar de gran utilidad y generará confianza.

Qué duda cabe que lo recomendable sería disponer de una única plataforma, fiable y segura, sobre todo esto último habida cuenta que los medios tecnológicos deberán cumplir con unos requisitos mínimos de seguridad Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad (EJIS): Integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de la información grabada y de los documentos almacenados.

Muy educativo resulta lo publicado  por la Conselleria de Justicia Valenciana sobre una “Guía rápida del participante“, entre otros documentos breves y vídeos con recomendaciones para mejorar y facilitar la experiencia del participante en juicios y vistas telemáticas.

3.- Preparación de la vista virtual.

Para salvaguardar la confidencialidad, la Guía del Consejo General del Poder Judicial recomienda que los profesionales que intervengan en los actos tendrán la obligación de adoptar las medidas necesarias para que su participación se desarrolle en una dependencia que asegure un entorno reservado y dotada de los medios técnicos suficientes.

Por ello, preparar la sala desde la cual te vas conectar a la vista telemática es esencial, teniendo en cuenta que el principio de inmediación exige el que deban establecerse los medios y recursos necesarios para que el obstáculo que representa la distancia en un juicio telemático no suponga el vaciado de este principio.

Por otro lado, cuidar al máximo la vestimenta y articular bien son también aspectos importantes, pues si bien actualmente hay una dispensa en el uso de la toga, nuestra apariencia y forma de expresarnos en la comunicación a distancia se puede ver mucho más mermada si no cuidamos estos aspectos.

Para concluir, debemos ser conscientes que la práctica y la experiencia nos darán la seguridad que puede faltar en las primeras vistas, por ello, debemos perder el miedo y desmitificar esta forma de celebración de vistas cuando lo importante y complicado siempre será “el caso” y la defensa de los intereses del cliente. La salvaguarda de los derechos y las garantías fundamentales debe hacer que también estemos vigilantes para evitar cualquier situación que pueda generar un incidente de nulidad.

La siguiente parada de este increíble viaje en la digitalización de la Justicia se llama Inteligencia artificial. Tiempo al tiempo…

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