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Los fraudes con criptomonedas podrían ser contemplados en el Código Penal

"España y el resto de los países miembros de la Unión Europea tendrán que esperar hasta el 31 de mayo de 2023 para saber si el informe presentado por la Comisión ha evaluado de forma positiva las medidas tomadas por cada Estado"

(Foto: E&J)

Tiempo de lectura: 3 min

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Los fraudes con criptomonedas podrían ser contemplados en el Código Penal

"España y el resto de los países miembros de la Unión Europea tendrán que esperar hasta el 31 de mayo de 2023 para saber si el informe presentado por la Comisión ha evaluado de forma positiva las medidas tomadas por cada Estado"

(Foto: E&J)



Las criptomonedas o monedas virtuales irrumpieron con mucha fuerza en la actualidad social, convirtiéndose en un nuevo modelo de inversión económica. Pero también en una oportunidad para que los ciberdelitos creciesen. El Código Penal (CP) español podría avanzar en este terreno.
Los Estados tendrán el deber de adoptar las medidas necesarias para garantizar que las infracciones expuestas en los artículos de la Directiva ya mencionada se lleven a cabo con sanciones proporcionadas y disuasorias, e incluso, con penas de privación de libertad
La nueva Reforma que está planteando llevar a cabo el Consejo de Ministros es incluir que las estafas que se cometan en internet con criptomonedas se contemplen en el CP como infracción legal. Es una opción que está planteada en el Consejo después de que la iniciativa fuese aprobada por unanimidad por el Consejo Fiscal de la Fiscalía General.



Las normativas vigentes hasta entonces se vieron en la necesidad de actualizarse para incluir nuevas leyes en lo que al fraude informático se refiere. El fin con el que se adaptaría el CP español es poder hacer frente a los delitos de la web y no quedarse obsoletos ante los delincuentes que actúan en ella. El fraude y la falsificación de cualquier medio de pago que sea distinto al efectivo supone una amenaza para la seguridad y contribuye a la aparición y auge de actividades delictivas.

La iniciativa ha venido dada después de que en 2019 se aprobase la Directiva (EU) 2019/713 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril de ese mismo año, sustituyendo la Decisión Marco 2001/413/JAI del Consejo. Considerando que en los últimos años la economía digital se había incrementado de manera notoria, este fenómeno trajo consigo nuevos tipos de instrumentos de pago. Pero lo que para los consumidores y las empresas supone nuevas oportunidades, también significa nuevas posibilidades de fraude para la delincuencia digital.



Línea de actuación de los Estados

La Comisión evaluará la posibilidad que sean los propios Estados miembros los que establezcan los sistemas de denuncia de los fraudes con criptomonedas. Ello siempre que las medidas adoptadas se hagan en línea con lo establecido en la Directiva (UE) 2019/713. Los sistemas establecidos podrían facilitar que las denuncias y la lucha contra estos delitos se ejecuten de manera más rápida gracias a la cooperación transfronteriza.



Los Estados tendrán el deber de adoptar las medidas necesarias para garantizar que las infracciones expuestas en los artículos de la Directiva ya mencionada se lleven a cabo con sanciones proporcionadas y disuasorias, e incluso, con penas de privación de libertad. En este último caso, la duración de la condenada dependerá de la infracción cometida en relación con lo expuesto en los artículos

Los primeros casos

En junio del año 2021 fue arrestado en Málaga el empresario Javier Biosca contra quien se había emitido una orden de busca y captura después de que se le impusiera una querella por estafa en criptomonedas. Tanto él como su familia están acusados de haber estafado supuestamente 250 millones de euros con criptomonedas. En la actualidad, Biosca está siendo investigado por la Audiencia Nacional por haber cometido una de las mayores estafas de dinero virtual en España.

Como ya se reiterado, es el Consejo de Ministros es el encargado de decidir si la reforma se aprueba o no, para que posteriormente el proyecto ley sea admitido en el Parlamento. España y el resto de los países miembros de la Unión Europea tendrán que esperar hasta el 31 de mayo de 2023 para saber si el informe presentado por la Comisión ha evaluado de forma positiva las medidas tomadas por cada Estado.

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