Los jueces no están obligados a acatar los dictámenes de los forenses
Los jueces no están obligados a acatar los dictámenes de los forenses
Eliseo M. Martínez, socio director, Alicia Agüero, of counsel, y Juan Pablo Tejero, responsable del área procesal civil, mercantil y de acciones colectivas. (Imagen: cesión propia)
Así se ha pronunciado la Audiencia Provincial de Murcia en una sentencia en la que no se tiene en cuenta el informe de un médico forense a la hora de valorar la secuela que le quedó a un hombre como consecuencia del accidente de tráfico que sufrió.
La Audiencia señala que la sentencia del Juzgado de Primera Instancia estimó la reclamación presentada por el accidentado y condenó solidariamente a una compañía de seguros y a una mujer igualmente demandada a pagarle una indemnización de 6.412 euros.
La parte demandada apeló la sentencia ante la Audiencia Provincial y alegó que mientras el Juzgado reconoció como secuela al demandante un síndrome postraumático cervical, aquélla no era recogida en el informe de sanidad de la médico forense emitido en el juicio de faltas que se siguió por el mismo accidente.
Asimismo añadía que al tratarse de un informe «objetivo e imparcial», el juez debía haber tenido en cuenta el criterio de la forense y, en consecuencia, no valorar dicha secuela a la hora de fijar la indemnización.
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