Para realizar actos de riguroso dominio, debe existir mandato expreso.
Para realizar actos de riguroso dominio, debe existir mandato expreso.
(Imagen: E&J)
Según el Tribunal Supremo para realizar actos de riguroso dominio, como es el caso de donar, no valen las presunciones, sino que es indispensable el mandato expreso cual exige el artículo 1713 del CC. Sin embargo, no cabe confundir el mandato expreso, exigido en el articulo 1713.2 CC con el mandato concebido en términos generales que de acuerdo con el propio precepto, solo otorga al mandatario facultades para administrar.
La donación es acto de dominio.
Sentencia del TS, de 16 de mayo de 2008.
Anulada la orden de expulsión de un extranjero, pese a tener antecedentes penales, porque su salida perjudicaría el bienestar de su hijo menor de edad
Ver la noticia completa →
Confirmada la multa de casi 5.000 euros a un empresario por contratar irregularmente a varios jornaleros para recoger patatas
Ver la noticia completa →
