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Noticias Jurídicas

Responsabilidad de las residencias de mayores tras la Covid-19

GRAFCAT4895. BARCELONA (ESPAÑA), 14/04/2020.- Voluntarios de la ONG Open Arms trabajan haciendo ensayos clínico para identificar tratamiento de emergencia del Covid-19, en una residencia de Barcelona, este martes trigésimoprimera jornada del estado de alarma sanitaria decretada por el Gobierno a causa de la pandemia del coronavirus.EFE/ Quique García

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Responsabilidad de las residencias de mayores tras la Covid-19

GRAFCAT4895. BARCELONA (ESPAÑA), 14/04/2020.- Voluntarios de la ONG Open Arms trabajan haciendo ensayos clínico para identificar tratamiento de emergencia del Covid-19, en una residencia de Barcelona, este martes trigésimoprimera jornada del estado de alarma sanitaria decretada por el Gobierno a causa de la pandemia del coronavirus.EFE/ Quique García

  • A veces nuestras circunstancias nos obligan a dejar en manos de otros el cuidado de nuestros seres queridos, sean mayores o pequeños, y queremos que lo hagan bien.


No cabe duda que nuestros mayores se vuelven vulnerables y se han ganado un merecido respeto en nuestra sociedad: nos han dado la vida, nos han cuidado, trabajado, luchado porque nuestro futuro fuera mejor que el suyo, y su recta final debiera ser tranquila y disfrutar del tiempo que les queda, acompañados de los suyos.

La ley les protege, pero ¿se cumple la ley? ¿los centros y residencias donde se alojan nuestros mayores son adecuados? ¿El personal que les atiende les trata como es debido?



¿Quién es el responsable de la desatención, descuido, ….? ¿La Administración tiene que responder?

Pues bien, nuestra Constitución Española, los menciona y determina en su artículo 50 que los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.



A esta obligación de los poderes públicos, se une que las Comunidades Autónomas han asumido la competencia exclusiva de la asistencia social, que incluye el cuidado de nuestros mayores.



Si nos damos un paseo por esas legislaciones autonómicas, todas ellas promulgan la importancia del cuidado de la tercera edad, de la adecuación de los centros residenciales y los requisitos que deben contener tanto el centro como el personal para poder alojar y atender a personas mayores, y ante una situación de enfermedad o peligro de un anciano saber cómo actuar, con el fin último de proporcionar a nuestros mayores un entorno de salud físico y psicológico óptimos, sin entrar a valorar las altas cuotas mensuales que se pagan, a veces, por servicios no prestados.

La Administración debe controlar que se cumplen todos los requisitos para su establecimiento.

La crisis sanitaria generada por el coronavirus se ha convertido en la auténtica protagonista de nuestras vidas golpeando ferozmente a nuestros mayores.

Ante esta situación, la actuación del personal de residencia tiene que ser eficaz, para preservar la salud del interno, debiendo contactar y coordinarse con su centro de salud más cercano para realizar pruebas y atender cualquier tipo de necesidad,  y planificar qué hacer si un residente mayor tiene síntomas (aislamiento, traslado centro sanitario…), todo ello informando debidamente a los familiares, y teniendo una comunicación fluida con ellos.

La dirección de las residencias debe proveer de las medidas de seguridad al personal, así como los instrumentos y herramientas de prevención y control, como termómetros, mascarillas, guantes, jabón, gel de manos hidroalcohólico, pañuelos y toallas de papel, ya no sólo porque la ley exige que los trabajadores realicen su función en unas condiciones seguras y salubres, sino para evitar contagiar a una población tan vulnerable como la tercera edad, donde el cumplimiento de las normas debe ser más exhaustivo.

Es lamentable y desgarrador el elevadísimo número de fallecimientos de ancianos de residencias, y habría que examinar si se han cumplido los protocolos establecidos de coordinación con los centros de salud, si la Administración sanitaria ha provisto de material al centro residencial cuando se lo han solicitado, si el personal trabajador se le ha otorgado de todas las medidas de seguridad…, porque si todo esto no se ha cumplido, entonces hay que depurar responsabilidades, tanto de la Administración, como del centro residencial, pues no se puede jugar con la vida de las personas.

La declaración de un estado de alarma, no puede servir para encubrir negligencias.

Isabel Palomino Cerezo es  Socia de Negotia y Abogada Negligencias médicas.
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