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Se modifica el Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea

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Se modifica el Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea



El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se toma conocimiento de las decisiones del Consejo de Administración de la Organización Europea de Patentes por las que se modifica el Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea.

El Convenio sobre la Patente Europea, firmado en Múnich en 1973 (Convenio de 1973) fue ratificado por España en fecha de 24.07.1986, entrando en vigor para nuestro país el 01.10.1986. Mediante este Convenio se crea la Organización Europea de Patentes (OEP) y se instaura un sistema centralizado de concesión de patentes abierto a todos los países europeos, de cuya gestión se encarga la OEP.



El Acta de revisión del Convenio sobre concesión de la Patente Europea, hecha en Múnich el 29.11.2000, autorizó al Consejo de Administración de la OEP a elaborar un nuevo texto del Convenio sobre la Patente Europea, que fue adoptado mediante Decisión de 28.06.2001 del Consejo de Administración de la OEP, publicándose en el BOE número 37, de 13.02.2017. En ese mismo BOE, aunque en una disposición separada, se publicó también el Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea.

Desde que se llevó a cabo esta publicación del Reglamento, el Consejo de Administración de la OPE ha adoptado tres Decisiones que han modificado algunas Reglas del mismo:



Decisión del Consejo de Administración de 28.06.2017 por la que se modifican las reglas 32 y 33 del Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea (CA/D 3/17).
Decisión del Consejo de Administración de 29.06.2017 por la que se modifican las reglas 27 y 28 del Reglamento de Ejecución del Convenio sobre Concesión de Patentes Europeas (CA/D 6/17).
Mediante esta Decisión se pretende que los animales o las plantas obtenidos exclusivamente mediante procedimientos esencialmente biológicos no puedan ser patentables, en línea con el criterio seguido por la mayor parte de las Oficinas Nacionales de Patentes de los Estados Miembros de la Unión Europea y por la Comisión Europea en su Comunicación sobre determinados artículos de la Directiva 98/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas



Decisión del Consejo de Administración de 13.12.2017 por la que se modifica la regla 51 del Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea (CA/D 13/17).
Por otra parte, se incorporan las siguientes Decisiones que lo modificaban mediante la adaptación de la estructura de la OEP y de sus procedimientos:

Decisión del Consejo de Administración de 14.10.2015 por la que se modifica la regla 82 del Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea (CA/D 9/15).
Decisión del Consejo de Administración de 14.10.2015 por la que se modifica la regla 147 del Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea (CA/D 10/15).
Decisión del Consejo de Administración de 30.06.2016 por la que se modifica el Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea (CA/D 6/16). Mediante esta Decisión se introducen cuatro nuevas Reglas que regulan la organización y dirección de la Unidad de Cámaras de Recursos, así como la Presidencia de las Cámaras de Recursos y de la Alta Cámara de Recursos.
Por ello, y en aras de la seguridad jurídica, se hace necesario proceder a la publicación en el BOE de todas estas Decisiones, previa tramitación de las mismas, que debe ajustarse al procedimiento previsto en el artículo 36.2.a) de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos internacionales, debiendo ser remitidas al Consejo de Ministros para su toma de conocimiento y posteriormente publicadas en el BOE.

 

(Fuente:LaMoncloa)

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