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Marketing & Technology

Los contratos del futuro a través de la tecnología «blockchain» y su aplicación práctica antes del 2030

Fernando Romero González

Autor de Manual de Instituciones Penitenciarias y Profesor de Ciencias Jurídicas




Tiempo de lectura: 4 min

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Los contratos del futuro a través de la tecnología «blockchain» y su aplicación práctica antes del 2030

Esta información es respaldada por todos los nodos que están interconectados, siendo así casi imposible hackear dicha información



El mundo económico-jurídico está cambiando, es un hecho, y las nuevas tecnologías, como “Blockchain”, nos ayudarán a estar a la orden de estos cambios. Los contratos jurídicos tal y como los conocemos, irán despareciendo paulatinamente del tráfico, sustituyéndose por los “Smart Contracts”.

Los contratos son una de las figuras más importantes del tráfico jurídico, ya que son capaces, por sí solos, de crear una serie de derechos y obligaciones, conforme al 1091 CC. Evidentemente, estos derechos y obligaciones no son absolutos, sino que tienen la limitación propia del Principio de Legalidad, pues en ningún caso, podrán contravenir lo dispuesto en la ley (entendida en sentido amplio), sota declaración de nulidad.



No obstante, actualmente, a pesar de que un contrato crea obligaciones por sí mismo, es muy recomendable depositar estos contratos en organismos públicos. Si se trata de un contrato privado, para que produzca eficacia “erga omnes”, será necesario que se eleve a escritura pública, es decir, acudiremos a una Notaría donde se dará fe de que las dos partes del contrato, aceptan celebrar dicho negocio jurídico, produciéndose, así, una eficacia plena.



«Los contratos son una de las figuras más importantes del tráfico jurídico» (Foto: Economist & Jurist)

La labor de los profesionales del Derecho, en este sentido, consiste en elaborar un clausulado claro, seguro, legal y que satisfaga los intereses del cliente. Sin embargo, a pesar de ser conforme a la Ley, las cláusulas del contrato, para ser aplicadas, deben ser interpretadas por los intervinientes, así como por los terceros afectados, y bajo una serie de circunstancias.



Pongamos el ejemplo de un contrato de seguro de coche que cubra la rotura de lunas del vehículo. En estos casos, un perito/a deberá observar o comprobar el vehículo asegurado y determinar cómo se ha producido esta rotura, si ha sido por negligencia del propietario/a, si ha sido accidental o intencional, y, en definitiva, debe dictaminar si el seguro contratado cubre o no el daño producido.

Es casi imposible hackear la tecnología “Blockchain”

A pesar de que esta labor se ha ido llevando, en mayor o menor medida, de forma correcta, la irrupción de las nuevas tecnologías, conlleva cambios en estas funciones. Hablamos de la tecnología “Blockchain”, que es una red de nodos, interconectados entre sí, que respaldan la veracidad de una información aportada al sistema. Dicho de otra forma, cuando subimos a esta red el contrato en concreto, la propia Comunidad de “Blockchain” declara que la información contenida en él, es cierta y veraz.

Esta Comunidad de “Blockchain” se compone de “mineros”. Estos mineros son los intermediarios de la red que declaran que la información aportada es cierta. Por hacerlo más claro. Si unas partes redactan un contrato privado y quieren darle la eficacia real y plena, subirá el contrato a la Comunidad, y para ello, pagan una tarifa a un minero, es decir, pagarán a una persona que comprobará que se cumplen los requisitos del contrato y que lo dispuesto en ellos, es veraz.

Desde el mismo momento que el minero declara su veracidad, esta información es respaldada por todos los nodos que están interconectados, siendo así casi imposible hackear dicha información. Para poder hackearla, necesitaríamos que el 51% de todos los nodos de la red “Blockchain” dijeran que esta información es falsa, siendo esta tarea, casi imposible. Esto nos aporta una seguridad casi infalible.

Recreación de una red “Blockchain” (Foto: Economist & Jurist)

Por tanto, con un «Smart Contract», es decir, un contrato aportado a “Blockchain”, de seguro de coche que cubra las lunas del coche, el sistema del coche al que esté conectado, que recibe el nombre de oráculo, nos dirá que las lunas se han roto, si ha sido intencional o no y las circunstancias en las que se ha producido.

Al ser una cláusula del Smart Contract, automáticamente se liberaría el dinero fijado en el contrato en concepto de indemnización, agilizando todo el procedimiento, ya que el pago sería inmediato.

Por poner otro ejemplo práctico, un testamento seguiría el mismo procedimiento. Un profesional del Derecho redactaría el testamento del causante, sería verificado por un minero, que declararía veraz esta información. Al declararse fallecido al causante, la herencia sería desbloqueada en cuestión de horas, ya que el oráculo determinará que el causante ha fallecido y que se dan la circunstancias establecidas en el testamento para heredar.

La principal problemática que nos puede dar este sistema, que hemos dicho que es difícil de hackear, es el oráculo. Es casi imposible hackear la tecnología “Blockchain”, pero no es imposible hackear al oráculo, es decir, podría accederse al sistema que determina la muerte del causante o la rotura de las lunas, sin que haya ocurrido.

Así, no todo son buenas noticias, ya que para acceder a esta tecnología, necesitamos de criptomonedas, es decir, dinero no fiduciario, como BitCoin o Ethereum, algo que no está del todo normalizado en nuestra sociedad. Sin embargo, estas criptomonedas, son consideraras un activo financiero y deben ser incluidas en la Declaración de la Renta.

Actualmente no es un concepto muy desarrollado, pero sin duda, serán los contratos del futuro, pasando de una economía de personas, a una economía de máquinas, donde todo esté interconectado a la red. El papel del Derecho será fundamental en este sentido. Probablemente, la función de los mineros, podrán ser llevadas a cabo por los Notarios/as.

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