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La firma

La mediación sigue esperando su oportunidad de convertirse en otra forma de resolver los conflictos del ciudadano

"La mediación devuelve al ciudadano su capacidad de negociación"

(Foto: E&J)

Rocío Sampere

Presidenta de la Asociación Madrileña de Mediadores (AMM) y directora Académica Master Mediación UNIR




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




La firma

La mediación sigue esperando su oportunidad de convertirse en otra forma de resolver los conflictos del ciudadano

"La mediación devuelve al ciudadano su capacidad de negociación"

(Foto: E&J)



Esta es la historia de la mediación, una insoportable ambigüedad que cuando parecía ver la luz, con el proyecto de ley de eficiencia procesal, éste decae como tantos otros, en el momento en el que todos somos llamados a las urnas el próximo 23 de julio.

Los profesionales, que desde la Ley 5/2012 de mediación esperamos deseosos una ley de impulso que no llegó, nos asombramos ahora con un proyecto de Ley de Eficiencia Procesal que, tratando a los MASC (medios adecuados de resolución de conflictos) nos ofrecía un texto del pre legislador más parecido a un recetario de cocina que deja al chef la guinda final y no sé si eso no es principio normativo o incluso constitucional, por eso de la igualdad de armas.



Según el texto normativo que ahora se queda en suspenso, ¿qué medios puede utilizar el ciudadano para evitar llegar a los juzgados? La mediación, la negociación colaborativa, la conciliación, el arbitraje, el consejo de experto independiente…y dice no cerrar la lista porque puede haber otros.

Por otra parte, ¿por qué dice el prólogo del proyecto de ley que van a ser requisito de procedibilidad, es decir, obligatorio antes de ir a juicio? La respuesta que encontramos en esas líneas del pre legislador es contundente: porque el ciudadano debe recobrar su protagonismo.



Los mediadores, en principio, nos asombramos. Ciertamente, siempre postulamos que la mediación es un buen sistema porque es auto compositivo, es decir, sienta en la mesa de mediación a sus protagonistas y sólo a ellos, que deciden, y sólo ellos. El mediador es el facilitador. De ahí que el prólogo nos guste: “Devolver al ciudadano su capacidad de negociación”.



Aunque después en el texto del proyecto sólo la mediación responde a la segunda inquietud, devolver el protagonismo al ciudadano, reconocerle como capaz.

El resto de los MASC que se anuncian (de los que se describen, porque hay otros que quedan pendientes) no es más que lo que ya hay; dejar a los demás que resuelvan nuestro conflicto, con un informe, con un laudo, con una propuesta… Y claro está que no funcionan porque el resultado es que los tribunales están colapsados.

De los MASC que queden por poner nos queda la esperanza de que respondan a los criterios marcados, porque siempre queda la ilusión de la coherencia.

Ya veremos qué se nos ocurre, el cocinero cobra un gran protagonismo, se alejará del debate de la tortilla de patata con o sin cebolla y entrará en “aires de espumas” que darán a su cocina un olor peculiar, y eso sí, en la mesa del juez estará la contraparte pendiente de debatir, antes que, sobre el fondo, sobre la forma del requisito previo, y volveremos a empezar la historia de un ciudadano escondido detrás sin saber el cómo, ni el porqué, ni el quantum, ni tampoco el tiempo.

Dado nuestro espíritu de pacificación social, los mediadores decidimos entender que esto era un gran paso.

En una, como decía al principio, “insoportable ambigüedad”, el pre legislador nos decía que, aunque los MASC eran necesarios, aunque se reconocía la insatisfacción del ciudadano por la respuesta del sistema judicial, pues entrarían en vigor cuando se desarrollara un estatuto de tercero neutral para todos.

Y bueno, como los mediadores desde hace ya 11 años estamos acostumbrados a las carreras, pues ya podemos hacer maratones.

«El mediador es el facilitador». Foto. E&J)

Sobre la neutralidad del mediador

¿Estatuto de tercero neutral para los MASC que el pre legislador reconoce y para los que deja abierta la receta? Y pensamos, que se daba un año para ello, y que quizás era poco tiempo, más que nada porque resulta complicado regular lo que no se conoce.

¿Estatuto de tercero neutral para los mediadores? ¿Y por qué si ya lo tenemos? En la Ley 5/2012 ya se recoge, y además se llama así. Y volvimos a presentar alegaciones.

Eso sí, cuando leímos los más de 700 folios de enmiendas al Proyecto de Ley de Eficiencia procesal, nos alegramos por el consenso que vimos.

Al unísono, o casi, los partidos políticos decían que la entrada en vigor de la norma para la mediación debía ser inmediata, porque no necesitaba el Estatuto del tercero neutral que ya tenía, de los demás métodos adecuados, unos decían que sí y otros que no.

También existe consenso en entender que la perspectiva de la justicia moderna en Europa es alejarse del protagonismo del poder judicial complementándole con otros medios, que permitan solventar los conflictos de forma más pacífica y menos traumática.

Un nuevo paradigma de justicia The multi-rooms Justice System en el que primero se diagnostique cual es la solución adecuada y si funciona hemos acabado y si no se accede al Tribunal.

Ciertamente, las soluciones únicas no son buenas, debe haber más, debe ser un viaje ético, de reconocimiento al ciudadano, a sus necesidades, a las de nuestras nuevas generaciones, un pensamiento mirando al futuro.

Y en nada nos corresponde la presidencia de la Unión europea, y debemos dar ejemplo de cumplimiento.

En Europa hoy es una realidad que en las normas de cada estado miembro se están reconociendo los medios adecuados de resolución de conflictos y como estrella la mediación. Se consideran como un instrumento de tutela del ciudadano para resolver sus conflictos.

¿Qué falta para potenciar la mediación en nuestro país?

Falta difundir mejor, entender que el modelo estatal debe dar paso un nuevo escenario en el que se consolide la necesidad de entender que el conflicto puede resolverse de forma más ventajosa y desde la libertad de elección.

Falta también atender a las necesidades de los mediadores. Se nos ha reclamado formación inicial y continua y seguro de responsabilidad civil, desde hace 11 años estamos preparados, somos más de 20.000 en España y aún no se nos reconoce suficientemente.

Falta acceder a los fondos europeos para poder potenciar proyectos de mediación que aseguren una atención plena al ciudadano. La mediación, por nuestra propia norma y ética, precisa tiempo, dedicación, capacidad, escucha, y eso debe tener su contraprestación.

Falta regular la mediación en la Ley de Justicia Gratuita, para cumplir con el pilar básico de la sociedad democrática que es el acceso a la tutela de quienes no cuenten con medios o estén inmersos en situaciones especiales.

El debate de “servicio público” es otro. Europa propugna que se dé el servicio independientemente de cómo se contrata para esa ejecución de políticas públicas, el ciudadano es el que debe tener la última palabra.

Los profesionales jurídicos cada vez estamos más convencidos de que se debe dar esta oportunidad al ciudadano, que confíe en que puede tener otros caminos, que crea en el profesional que se sienta con él a facilitarle el acceso a la solución, acompañándole de principio a fin, sin acudir a los tribunales

Nuestro beneficio será el reconocimiento, pues las soluciones serán adecuadas a cada situación y el cobro de nuestros honorarios antes y más proporcionales al negocio jurídico que tratemos, pues se nos reconocerá viéndonos trabajar y debatiendo soluciones en un cara a cara ante nuestros clientes.

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Suscriptor E&J2(@otrousername)
10 meses atrás

Imponer la mediación como sistema obligatorio previo a una demanda civil es partir de una premisa errónea: la de reconocer que todo conflicto inter partes puede ser solucionado entre ellas sin intervención judicial. Y es errónea por cuanto que nadie acude al juzgado por placer, y si se hace es para que éste, en virtud de su auctoritas declare el derecho aplicable al caso concreto y, además, obligue a las partes a cumplirlo.
Con todos los respetos, la mediación no es sino reconocer el vergonzoso fracaso de la administración de justicia y supondrá, en muchos casos, la renuncia de una parte a su legítimo derecho reconocido por el ordenamiento jurídico.
En mi opinión, sólo una parte de procesos civiles, como en el caso de procesos de familia, es conveniente realizar una mediación previa.

Nombre
Alejandro Buendía Cánovas

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