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Expertos avisan que aplicar el artículo 155 por el conflicto con Castilla y León es descabellado desde el punto de vista jurídico

Sanchez da un mes de plazo al gobierno de Mañueco para frenar su política antiaboartista con la amenaza de llevarle al Constitucional

Pedro Sánchez y Alfonso Fernández-Mañueco (Foto: Archivo)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 8 min

Publicado




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Expertos avisan que aplicar el artículo 155 por el conflicto con Castilla y León es descabellado desde el punto de vista jurídico

Sanchez da un mes de plazo al gobierno de Mañueco para frenar su política antiaboartista con la amenaza de llevarle al Constitucional

Pedro Sánchez y Alfonso Fernández-Mañueco (Foto: Archivo)



La  guerra administrativa abierta entre el Gobierno Central de Pedro Sánchez y el autonómico de Castilla-León con la protección del aborto como telón de fondo podría acabar en el Tribunal Constitucional como juez que determinaría si hay un conflicto de competencias entre ambos ejecutivos.

Después de distintas declaraciones de ministros de Sánchez, este Ejecutivo aprobaba este martes en Consejo un acuerdo por el que se requiere de incompetencia al Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en relación con cualquier actuación que vulnere o menoscabe la Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo o el Real Decreto 825/2010 que desarrolla parcialmente esa norma.



La portavoz del Gobierno y ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez, recordaba  que no puede obligarse a los médicos a ofrecer pruebas a las mujeres que han decidido interrumpir su embarazo y tampoco se les puede dar instrucciones o sugerencias ni recomendaciones en este sentido.

«Isabel Rodríguez, recordaba  que no puede obligarse a los médicos a ofrecer pruebas a las mujeres que han decidido interrumpir su embarazo» (Foto: Moncloa)



«La libertad de las mujeres sobre su maternidad y la autodeterminación ha quedado manifiestamente posicionada por parte del Tribunal Constitucional en su jurisprudencia», ha añadido.



De esta forma el mensaje que el Gobierno de Sánchez ha lanzado a la opinión publica es que no va a permitir que se retroceda «ni un milímetro en materia de derechos de la mujer» y va a utilizar «todos los mecanismos a su alcance, todas las herramientas jurídicas, para proteger a las mujeres».

Por otro lado, las comunidades autónomas no pueden establecer requisitos adicionales a los que se derivan de la normativa estatal, por lo que el Ejecutivo también actúa en defensa de las competencias del Estado, ha explicado la portavoz.

La Junta tiene un plazo de un mes para contestar. Esta misma tarde el presidente castellano leones enviaba una carta a Sánchez. El requerimiento es el paso previo a la interposición de un conflicto de competencias ante el Tribunal Constitucional.

Mañueco contesta por carta

La respuesta venía por una carta que Mañueco mandada a Sánchez ayer martes por la tarde, donde criticaba la decisión del Ejecutivo de abrir un requerimiento sobre lo que considera «una cuestión ficticia» y «propaganda sobreactuada». Le hace además un llamamiento expreso a que «reflexione».

«La respuesta venía por una carta que Mañueco mandada a Sánchez ayer martes por la tarde, donde criticaba la decisión del Ejecutivo» (Foto: RTVE)

En la misiva, Mañueco reitera por escrito que en Castilla y León «no habrá ninguna modificación en el protocolo de atención a la interrupción del embarazo» y que, según asegura, está «ajustado» a la legislación nacional vigente y al criterio clínico en cada caso.

«No se obligará a nada ni a los facultativos ni a las mujeres, por lo que le ruego abandone los esfuerzos de su Gobierno en cuestiones ficticias para poder centrarse en la realidad y en sus competencias», pide Fernández Mañueco a Sánchez en la carta que remite «con plena lealtad institucional» pero «preocupado» por «distintas decisiones, declaraciones y comunicaciones» de integrantes del Ejecutivo central por la acción de Gobierno en Castilla y León, «de acuerdo a sus competencias y siempre desde el absoluto respeto a la Ley y a la Constitución Española», asevera.

En otro momento de dicha carta, el dirigente autonómico señala que «Tanto España como Castilla y León afrontan problemas muy serios que necesitan de unidad entre administraciones, sentido de Estado y rigor en la gestión para ser abordados», añade el presidente de la Junta que lamenta «profundamente» que el Gobierno de la nación haya anunciado el envío de un requerimiento a la Junta de Castilla y León «en vez de afrontar los problemas reales de la ciudadanía».

Fernández Mañueco explica también a Sánchez que Castilla y León es una Comunidad que «siempre ha hecho gala de un sentido inquebrantable de la lealtad institucional» y considera «revelador» que el mismo Gobierno que ha iniciado un proceso de requerimiento contra la Junta por el asunto del protocolo del aborto «ignore que otros ejecutivos autonómicos incumplan sistemáticamente la legislación española en ámbitos como la educación».

Expertos en derecho púbico consultados por Economist & Jurist hacen una valoración de esta situación donde dejan claro que cualquier intento de aplicar el articulo 155 de la Constitución que prevé la intervención de una Comunidad Autónoma, como ya hiciera Rajoy con Cataluña en plena vorágine secesionista no estaría justificado y seria descabellado desde el punto de vista jurídico.

Requerimiento preventivo muy abierto

Para Alberto Dorrego, socio director de derecho público de Eversheds Sutherland, este requerimiento de incompetencia se base en el articulo sesenta y dos de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, que pretende evitar al gobierno autonómico la adopción de medidas de cualquier índole que invadan competencias estatales en relación a la normativa que despenaliza el aborto.

Alberto Dorrego: “La Junta de Castilla y León dispone de un mes para responder el requerimiento, a cuyo término, si no es atendido, se entenderá en todo caso rechazado» (Foto: ICAM)

Este experto señala que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional prevé que el Gobierno de la Nación podrá, de forma potestativa, requerir de incompetencia al órgano ejecutivo superior de una Comunidad Autónoma, con anterioridad a la presentación del conflicto positivo de competencias ante el Tribunal Constitucional. La Junta de Castilla y León dispone de un mes para responder el requerimiento, a cuyo término, si no es atendido, se entenderá en todo caso rechazado.

Para Dorrego, “aún no sabemos qué forma administrativa tendrá dicho protocolo, si será una orden de la Consejería o cómo se va a plasmar. De las alternativas que existen, que van de interponer un recurso contencioso administrativo si fuera Orden bajo el argumento que vulnera la ley del aborto, otra opción la relacionada con el articulo 155 seria impensable porque no estamos en casos muy graves”.

Al final, “se han decantado por presentar un conflicto positivo de competencias en el Tribunal Constitucional. De esos hay muchos históricamente, los hay por las dos partes, Estado y CCAA en el caso que haya invasión de competencias donde el Tribunal de Garantías dejara claro quién tiene la competencia”.

A juicio de este jurista, el Gobierno comete técnicamente dos errores: “Está actuando antes de tiempo porque no se sabe que actuación tiene el Ejecutivo de Castilla-León y dónde está la infracción. Actúan antes de tiempo y tiene más transfondo político que jurídico, no olvidemos que estamos en un año electoral”.

Este jurista nos explica que si “Castilla-León no contesta ese requerimiento o no atiende el requerimiento el Gobierno, se iría al Tribunal Constitucional, donde se produciría una suspensión cautelar de dicha medida que aún no sabemos cuál es. No hay que descartar que el Ejecutivo leones plantee un requerimiento contrario al Gobierno central”.

Conflicto de competencias

Por su parte, José Ignacio Monedero, abogado del Estado en excedencia y socio director de la boutique legal Monedero Gil Abogados & Asesores Financieros, cree que este conflicto abre el debate de hasta qué punto las comunidades autónomas deben seguir las directrices del Gobierno central: “Este régimen de distribución de competencias viene establecido en la Constitución y donde a vece surge el conflicto”.

José Ignacio Monedero: “El Tribunal Constitucional podria suspender la iniciativa autonómica si al final es el árbitro del conflicto” (Foto: Monedero Gil Abogados & Asesores Financieros)

Desde su punto de vista, “el Gobierno hace requerimiento a la Junta de Castilla-León, señalando que la Administración del Estado tiene competencia sobre estas materias y requerimiento a la Junta para que no establezca ninguna medida que impide el cumplimiento de la política estatal, en ese sentido desde ningún protocolo que pudiera obstruir la normativa estatal en este asunto”.

En esta situación, “habrá que ver cuál es la actitud de dicha Comunidad Autónoma, si atiende el requerimiento o no. Como ya vimos en alguna nota de prensa de hace días ya señalaron que eran competentes en esta materia, pero ahora tendrán que hacer una declaración oficial sobre esta cuestión. Es previsible que este conflicto acabe en el Tribunal Constitucional”.

Desde el propio Tribunal Constitucional, este jurista recuerda que podría tomar la medida de suspender dicha normativa autonómica que pudiera interferir en la competencia estatal  hasta que tomase una decisión sobre el fondo del asunto. Los tiempos de resolución del Tribunal de Garantías son difíciles de precisar. De momento no hay protocolo que se pueda recurrir”.

El Tribunal Constitucional, arbitro del conflicto

Miguel Temboury, abogado del Estado en excedencia y exsubsecretario de Estado de Economía con Luis de Guindos, ahora dirigiendo su despacio propio administrativista, señala que “esto es un requerimiento propiamente dicho, en el que se señala que se irá por la vía del Tribunal Constitucional, pero considera que tiene tres problemas a analizar dicho requerimiento.

Miguel Temboury,: “Lo más adecuado hubiera sido acudir a la vía contencioso-administrativa, no a la constitucional» (Foto: Archivo)

“El primero es que es un requerimiento puramente preventivo. No señala acto concreto que infrinja la LO 2/2010 o normativa de desarrollo. El segundo, es que no tengo claro que lo aprobado por la Junta de CyL suponga realmente infracción alguna de competencias tan genéricas como las señaladas en el requerimiento”, subraya nuestro experto.

Para este jurista, “por último, el tercero, relacionado con lo anterior, es que si existe alguna infracción de la LO 2/2010, lo más adecuado hubiera sido acudir a la vía contencioso-administrativa, no a la constitucional”.

Este jurista recuerda que “no he podido leer el acuerdo que haya podido aprobar (si es que lo hecho) la Junta de CyL. Pero por lo que he leído/oído en medios, no me parece que pueda fundamentar una vulneración constitucional”.

Desde su punto de vista, “siempre tiene más repercusión el acudir a la vía constitucional y a lo mejor hay cierto oportunismo en ello ahora que ha cambiado su composición y que parece que el primer gran asunto que van a resolver es el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Aborto”.

Un extraño requerimiento preventivo

Para José Ángel Castillo, codirector de la práctica de derecho público de EJASO ETL Global y magistrado en excedencia, “la vía existe de reclamación ante el Tribunal Constitucional de forma bilateral en este conflicto positivo de competencias que estamos analizando”.

Jose Angel Castillo: “Cree que el Gobierno se ha adelantado con ese requerimiento previo sin protocolo que recurrir” (Foto: EJASO)

Para este jurista, “el Gobierno tiene facultad, pero no obligación del requerimiento previo y la comunidad autónoma tiene la obligación de hacer ese requerimiento previo, esa es la diferencia. Otra cuestión es que si se interpone ante el Tribunal Constitucional la suspensión de esa medida autonómica es automática, mientras que si lo hace la comunidad autónoma es facultad de este Tribunal suspender o no”.

A su juicio, “para utilizar esta vía de reclamación es la necesidad de la existencia, publicación incluso de una disposición o resolución administrativa. No cabe ningún recurso preventivo. Como todos sabemos, Castilla-León aín no ha publicado nada. El Gobierno se ha anticipado a algo que no se ha producido todavía. Mientras no haya u acto administrativo el Ejecutivo de Sánchez no puede recurrir nada. No se contempla ni en la Constitución ni en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional”.

En su opinión, “habrá que estar pendiente de cómo actúa el Gobierno autonómico de Mañueco en los próximos días. En el caso de que no modificase lo que se le pide el Gobierno de Sánchez en el plazo de dos meses, tiene vía libre para ir al Tribunal Constitucional”.

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