La Justicia rebaja de 8.500 a 6.000 euros la indemnización por incluir por error a una persona en el registro de morosos
La mujer canceló la deuda que tenía en enero de 2019 y fue inscrita en el registro de insolvencia nueve meses después
Imagen: Archivo
La Justicia rebaja de 8.500 a 6.000 euros la indemnización por incluir por error a una persona en el registro de morosos
La mujer canceló la deuda que tenía en enero de 2019 y fue inscrita en el registro de insolvencia nueve meses después
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La Audiencia Provincial de las Palmas de Gran Canaria ha reducido la indemnización que una empresa debía pagar a una persona por una intromisión ilegítima en su derecho al honor al incluirla y mantenerla durante años en ficheros de insolvencia patrimonial sin que existiese deuda alguna.
La mujer canceló la deuda que tenía en enero de 2019 y fue inscrita en el registro de insolvencia nueve meses más tarde. No fue hasta marzo de 2021 cuando la demandante supo, aunque no se indica de que forma, que figuraba en esa lista, de la que dejó de formar parte en septiembre de ese año, después de que se interpusiera la demanda con la que se inició este procedimiento. La empresa, por tanto, hizo un tratamiento ilegítimo de los datos de esta persona, según lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos y vulneró el derecho al honor de la demandante.
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